Amplia participación de alumnos de la Carrera de Derecho de la Universidad de Tarapacá en los Diálogos Constitucionales de la UDLA

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Encuentro contó con la participación de la académica de la Escuela de Derecho de la UTA, Marta Contreras y la ex Rectora de la UDLA, Pilar Armanet, quienes analizaron cómo se aborda el Derecho Internacional en el borrador de la nueva Constitución.

Con gran acogida, la Facultad de Derecho llevó a cabo el segundo conversatorio del ciclo: “Diálogos Constitucionales”. El coloquio titulado “El Derecho Internacional en la Nueva Constitución”, tuvo como finalidad conversar sobre el rol que cumple el derecho internacional en el sistema de fuentes del ordenamiento jurídico interno y dar cuenta del tratamiento que se ha dado al tema en el nuevo proyecto constitucional.

En la instancia, fue invitada la abogada Pilar Armanet, ex Rectora de UDLA, exministra secretaria general de gobierno y actualmente docente de Derecho Internacional Público en nuestra casa de estudios, y la académica de la Escuela de Derecho de la Universidad de Tarapacá, Marta Contreras, abogada de la Universidad de Concepción y participante del Programa Externo de la Academia de Derecho Internacional de La Haya.

En un comienzo la académica de UDLA, Carmen Gloria Pérez, en su papel de moderadora, realizó una valiosa introducción, haciendo hincapié en el sistema de fuentes del derecho chileno y el rol que cumple el derecho internacional en dicho modelo.

Citando el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de justicia, la académica comentó que “estas fuentes del Derecho Internacional no están reguladas sistemáticamente en nuestro ordenamiento jurídico constitucional, ni en cuanto a su incorporación al derecho interno, ni en cuanto a su nivel jerárquico”.

Posteriormente, tomó la palabra Pilar Armanet, quien hizo un análisis general de la actual Constitución, en relación al nuevo proyecto, para luego dar paso a las disposiciones sobre relaciones internacionales que se incorporaron en el borrador.

En alusión a la política internacional, la expositora señaló que “esta es la primera vez que tenemos explicitados temas de política exterior en la Constitución. Sin embargo, no se trata de cuestiones nuevas, que no estén mencionadas ya en la Carta de Naciones Unidas o en la Convención Americana de Derechos Humanos, y que Chile está obligado a respetar, porque así se comprometió por intermedio de estos tratados internacionales suscritos voluntariamente”.

En tal sentido, Armanet expresó de forma categórica que “llama la atención que tradicionalmente no valoremos adecuadamente nuestra pertenencia a América Latina, continente de paz y libre de armas nucleares, donde las guerras han sido la excepción, y donde las controversias internacionales se resuelven a través de medios pacíficos, especialmente, ante los tribunales internacionales”.

Por su parte la académica Marta Contreras, se refirió a la jerarquía que ocuparía el derecho internacional en nuestro sistema de fuentes, especialmente, el caso de los tratados internacionales y cómo es tratado el tema en el proyecto constitucional.

Sobre el arbitraje internacional, la expositora comentó que “parece que a la mayoría de los constituyentes no les gusta, pues se asocia a la resolución de conflicto surgidos de tratados de índole económico o comercial, donde siempre se fallaría en contra de los Estados y en beneficio de las empresas transnacionales. Yo no estoy de acuerdo con esa idea negativa, pues si nosotros acordamos el arbitraje como medio de resolución de los conflictos internacionales, los otros Estados también deben usar este mecanismo, que en ese caso favorecería a las empresas chilenas que funcionen en el exterior”.

Sobre los compromisos que establecen los tratados internacionales expresó que “los tratados obligan a todos los órganos de Estado: al ejecutivo, legislativo y judicial” y enfatizó que “es muy importante capacitar a los funcionarios públicos, explicándoles que los tratados tienen que ser cumplidos”.

Finalmente, afirmó que ninguna norma del proyecto constitucional se refiere al lugar que toman los tratados internacionales dentro del ordenamiento jurídico interno: “el Derecho Internacional no nos dice cómo tenemos que incorporar los tratados, esto es un problema interno nuestro (…) efectivamente en la Constitución del ochenta no hay una norma que diga cuál es el lugar de los tratados internacionales y el nuevo proyecto tampoco ha satisfecho ese vacío”.

Fuente: UDLA

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