Información para Funcionarios/as
Funcionarios/as
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Preguntas Fecuentes Sede Iquique
SEDE IQUIQUE: COORDINACIÓN UNIDAD DE GESTIÓN DE PERSONAS
Sí, todos los funcionarios(as) afectos al Estatuto Administrativo (directivos, profesionales, técnicos, administrativos y auxiliares), sin distinción alguna, están sujetos a la obligación de cumplir con el horario establecido para el desempeño de su trabajo, de modo que compete a las respectivas autoridades de los servicios, determinar mediante el correspondiente acto administrativo, el o los sistemas de control de la jornada laboral de los empleados de su dependencia.
Los funcionarios están sujetos a la obligación de cumplir con la jornada y horario establecido para el desempeño de su trabajo y deben someterse al control de asistencia implementado por el servicio.
El primer sistema de control de asistencia a considerar es el sistema de control biométrico, siempre que el funcionario inicie o termine su jornada en los campus o recintos donde esté disponible.
Cuando por omisión o descuido no se registra la asistencia, es la jefatura directa quien debe informar si la jornada fue llevada con normalidad o si existió atraso o inasistencia en ese día, para ello debe informar a la Unidad de Gestión de Personas de la Sede Iquique a los correos kalvarezf@gestion.uta.cl, psalazarm@gestion.uta.cl.
La función pública es compatible con los cargos docentes de hasta un máximo de doce horas semanales (cronológicas), cuando esta labor se efectúa esto no lo libera de las obligaciones propias de su cargo, debiendo prolongar su jornada para compensar las horas que no haya podido trabajar por causa de su otro desempeño.
Las formas generales para justificar una inasistencia son a través de licencia médica legal y correctamente emitida, permiso administrativo, feriado legal y permiso por descanso complementario.
El libro de asistencia digital se refiere a la aplicación instalada en el perfil del funcionario en la Intranet, en los sistemas administrativos y financieros de la Universidad de Tarapacá, accesible a través de https://zapahuira.uta.cl/asi/
El uso del libro de asistencia digital está limitado o reservado únicamente para ciertos funcionarios (as). Específicamente, solo pueden utilizarlo aquellos funcionarios y funcionarias que, debido a la naturaleza de sus funciones, deben trabajar regularmente en lugares fuera de las instalaciones de la Sede Iquique. Esto implica que no todos los funcionarios tienen acceso a este sistema, sino aquellos que deban supervisar prácticas profesionales, proyectos en colegios, actividades de difusión, y cualquier otra actividad que requiera que el funcionario realice su jornada laboral en un lugar distinto a las instalaciones de la Sede.
Sí, debes informar a tu jefe directo que presentaste una licencia médica.
Sí. Durante la vigencia de la licencia médica, el funcionario continuará gozando del total de sus remuneraciones.
La COMPIN, la Unidad de Licencias Médicas o la ISAPRE, en su caso, podrán rechazar o aprobar las licencias médicas; reducir o ampliar el período de reposo solicitado o cambiarlo de total a parcial y viceversa.
Sí. La devolución o reintegro de las remuneraciones o subsidios indebidamente percibidos por el beneficiario de una licencia no autorizada, rechazada o invalidada, es obligatorio.
El funcionario que ingresa a la Administración del Estado no tendrá derecho a hacer uso de feriado en tanto no haya cumplido efectivamente un año de servicio.
Los funcionarios en comisión de servicio, permiso 693, licencia maternal, postnatal parental u otro postergarán el uso de su feriado legal hasta la fecha que fijen una vez reincorporados en sus funciones. La Unidad a la cual pertenecen debe informar a la Unidad de Gestión de Personas, adjuntando el documento oficial correspondiente.