Facultades, Funciones y Atribuciones de Cada Unidad Hasta Mayo 2012 - Página 4 de 5
Unidad |
Facultades, Funciones y/o Atribuciones |
Fuentes |
Modificaciones |
Enlace |
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DIRECCIÓN DE ESTUDIOS Y PROYECTOS |
Proporcionar los antecedentes necesarios al Vicerrector de Desarrollo para la proposición de la política global de desarrollo de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 1. |
NO APLICA |
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Elaborar y proponer los planes de mediano y largo plazo destinados a materializar la estrategia de desarrollo de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 2. |
NO APLICA |
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Analizar e informar al Vicerrector de la compatibilidad de los planes operativos propuestos por las unidades académicas, con los objetivos del plan de desarrollo vigente de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 3. |
NO APLICA |
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Asesorar en los procesos de formulación de los planes de desarrollo y operativos, a las unidades académicas y otras unidades de la Institución que lo requieran. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 4. |
NO APLICA |
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Participar del análisis y formulación de proyectos de prestación de servicios institucionales que contribuyan al desarrollo de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 5. |
NO APLICA |
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Proponer el rediseño, procedimientos, políticas, normas, y reglamentos que mejoren los procesos internos de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 6. |
NO APLICA |
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Identificar, analizar e informar en forma permanente las debilidades, fortalezas, que posee la Institución, así como las amenazas y oportunidades que se le presenten. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 7. |
NO APLICA |
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Elaborar información que facilite la toma de decisiones de las autoridades superiores. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 8. |
NO APLICA |
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Impulsar y aplicar medidas para detectar y corregir desviaciones que se presenten en la organización y que puedan afectar el logro de sus planes estratégicos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 9. |
NO APLICA |
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Contribuir para que se disponga de mecanismos permanentes de verificación y evaluación de la actividad académica y financiera de la_ Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 10. |
NO APLICA |
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Proponer al Vicerrector de Desarrollo las políticas generales de coordinación de los distintos proyectos de desarrollo emprendidos por la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 11. |
NO APLICA |
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Formulación y postulación a fondos públicos y privados de proyectos educacionales, sociales, tecnológicos, científicos, de fomento productivo, entre otros, que tengan concordancia con el Plan de Desarrollo de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 12. |
NO APLICA |
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Seguimiento, control y post-evaluación de los proyectos financiados por fuentes públicas externas y/o fuentes institucionales, así como la coordinación para la ejecución de estos que propendan al desarrollo de sinergias al interior de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 13. |
NO APLICA |
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Asesorar a las distintas unidades y estamentos de la Universidad en materias relacionadas con la postulación de proyectos a fuentes de financiamiento de diversa índole. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 14. |
NO APLICA |
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Preparar, para el Vicerrector de Desarrollo, la actualización del Plan Maestro Regulador en función de las necesidades y proyecciones que requiere el desarrollo de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 15. |
NO APLICA |
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Otras que su superior jerárquico le determine en el ámbito de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 16. |
NO APLICA |
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Autorizar y firmar: |
ART. 9 Nº 1 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
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DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN |
Supervisar y coordinar la implementación efectiva de la política informática institucional y el uso de las TIC’s. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 1. |
NO APLICA |
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Organizar la utilización de los recursos computacionales, administrativos y de información a corto, mediano y largo plazo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 2. |
NO APLICA |
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Implantar metodologías y procedimientos estandarizados en los procesos de desarrollo de sistemas, controlando la eficiencia con que se aplican. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 3. |
NO APLICA |
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Proponer y ejecutar programas de desarrollo y de capacitación del personal bajo su responsabilidad y de los usuarios de los sistemas con miras a la actualización de sus conocimientos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 4. |
NO APLICA |
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Mantener información de los contratos y pólizas de los equipos existentes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 5. |
NO APLICA |
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Asesorar al Vicerrector en temas de desarrollo de tecnologías de la información, ante unidades al interior de la universidad, y ante otras organizaciones externas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 6. |
NO APLICA |
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Emitir informes técnicos solicitados por la autoridad superior. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 7. |
NO APLICA |
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Proponer y controlar el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 8. |
NO APLICA |
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Administrar y controlar los recursos materiales y humanos de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 9. |
NO APLICA |
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Analizar, diseñar, programar, probar, instalar y mantener sistemas de información para académicos y administrativos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 10. |
NO APLICA |
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Administrar los recursos hardware asignados a los estamentos académicos y administrativos, de acuerdo a las políticas fijadas por comité técnico de informática. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 11. |
NO APLICA |
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Instalar, mantener y administrar las redes y medios de transmisión de datos y el equipamiento informático bajo su responsabilidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 12. |
NO APLICA |
||
Desarrollar y mantener un sistema de seguridad informático. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 13. |
NO APLICA |
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Definir los estándares de análisis, programación y documentación que aseguren la construcción de sistemas eficientes, confiables y documentados, con sus correspondientes niveles de protección y autorización. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 14. |
NO APLICA |
||
Proporcionar el soporte técnico para mantener operativa la página web de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 15. |
NO APLICA |
||
Otras que su superior jerárquico le determine en el ámbito de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 16. |
NO APLICA |
Universidad de Tarapacá, UTA
RUT: 70.770.800-K
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