Facultades, Funciones y Atribuciones de Cada Unidad Hasta Mayo 2012
Unidad |
Facultades, Funciones y/o Atribuciones |
Fuentes |
Modificaciones |
Enlace |
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JUNTA DIRECTIVA |
Proponer al Presidente de la República la terna para el nombramiento del Rector. |
ART 4º letra A), DFL 150 |
NO APLICA |
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Designar a los funcionarios superiores de la Universidad, de acuerdo con este Estatuto. la remoción de estos funcionarios será facultad del Rector. |
ART 4º letra B), DFL 150 |
NO APLICA |
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La aprobación de grados, diplomas y certificados que la Universidad otorgará y la aprobación y revisión de los planes y programas de estudio conducentes a dichos grados, diplomas y certificados, como los títulos profesionales que correspondan. |
ART 4º letra C), DFL 150 |
NO APLICA |
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La aprobación de los títulos de grados honoris causa y otras distinciones. |
ART 4º letra D) DFL 150 |
NO APLICA |
||
La aprobación del presupuesto anual de la Universidad. |
ART 4º letra E) DFL 150 |
NO APLICA |
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La autorización para construir nuevos edificios y para hacer restauraciones mayores en los ya existentes . |
ART 4º letra F) DFL 150 |
NO APLICA |
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La autorización para vender y adquirir terrenos, edificios o equipos mayores.Se extiende por "restauraciones y equipos mayores", aquellos cuyo monto sea igual o superior a 1.500 unidades Tributarias Mensuales. |
ART 4º letra G) DFL 150 complementado por Decreto Exento 00.1441/2006. |
NO APLICA |
||
La institución y promoción de diferentes planes para aumentar los fondos de la Universidad. |
ART 4º letra H) DFL 150 |
NO APLICA |
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La autorización a funcionarios superiores o representantes de la Universidad para que acepten donaciones destinadas a promover los fines de la Corporación. |
ART 4º letra I) DFL 150 |
NO APLICA |
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Remover al Contralor y proponer al Presidente de la República la remoción del Rector. |
ART 4º letra J) DFL 150 |
NO APLICA |
||
La aprobación de la cuenta anual del Rector. |
ART. 4. letra K) DFL 150 |
NO APLICA |
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Fijar la política global de desarrollo de la Universidad y los planes de mediano y largo plazo destinados a materializarla. |
ART. 4º letra L) DFL 150 |
NO APLICA |
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Aprobar la estructura orgánica de la Universidad y sus modificaciones. |
ART 4º letra M) DFL 150 |
NO APLICA |
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Aprobar contrataciones de empréstitos con cargo a fondos de la Universidad. |
ART 4º letra N) DFL 150 |
NO APLICA |
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Requerir del Rector y de las autoridades unipersonales o colegiadas, todos los antecedentes que estime necesario para el ejercicio de sus atribuciones. |
ART 4º letra Ñ) DFL 150 |
NO APLICA |
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Proponer al Gobierno de la República las modificaciones y reformas a este Estatuto. |
ART 4º letra O) DFL 150 |
NO APLICA |
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La aprobación de las normas con arreglo a las cuales se fijarán las remuneraciones. |
ART 4º letra P) DFL 150 |
NO APLICA |
||
Dictar las ordenanzas que le competan. |
ART 4º letra Q) DFL 150 |
NO APLICA |
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Las atribuciones a que se refieren las letras b), c), e), f), g), i), m), n) y p) del párrafo anterior, se ejercerán a proposición del Rector. En el caso de las letras c) y m) del mismo párrafo, la proposición deberá ser previo informe del Consejo Académico. |
ART 4º Nº 2 DFL 150 |
NO APLICA |
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Establecer cargos adicionales en la dirección administrativa de la Universidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Junta Directivia Nº 19. |
NO APLICA |
||
Elegir al Presidente de la Junta de entre sus directores en base a la Ordenanza que se dicte al respecto y que regulará la forma de elección. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Junta Directivia Nº 20. |
NO APLICA |
||
Establecer comités especiales y designar a sus miembros. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Junta Directivia Nº 21. |
NO APLICA |
||
Designar al contralor de la Universidad |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Junta Directivia Nº 22. |
NO APLICA |
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Instituir una o más Facultades, Institutos, o Escuelas Universitarias, combinar Facultades, Escuelas Universitarias o Institutos existentes, suprimir cualquier Facultad, Escuela Universitaria o Instituto, cambiar el objeto de cualquier Facultad, Escuela Universitaria o Instituto, o dividir cualquier Facultad, Escuela Universitaria o instituto en dos o más Facultades, Escuelas Universitarias o Insitutos. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Junta Directivia Nº 23. |
NO APLICA |
||
Aprobar la creación de Institutos por si o por convenio con terceros. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Junta Directivia Nº 24. |
NO APLICA |
||
Nombrar a los Decanos de Facultad, de Escuelas Universitarias, y a los Directores de Instituto. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Junta Directivia Nº 25. |
NO APLICA |
||
Declarar vacante el cargo de cualquier Director que haya estado ausente de dos reuniones de la Junta Directiva, sin presentar una excusa razonable, en la forma señalada en el Estatuto de la Universidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Junta Directivia Nº 26. |
NO APLICA |
||
Remover de su cargo a un Director de la Junta Directiva por cualquier causa, que no sea la mencionada en el número 27, en la forma señalada en el Estatuto de la Universidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Junta Directivia Nº 27. |
NO APLICA |
||
Designar dos de los miembros del la comisión de Nombramientos y Promociones ( de entre académicos que deberán tener la calidad de Profesor Titular, Profesor Asociado, sean o no adjuntos). |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Junta Directivia Nº 28. |
NO APLICA |
||
Interpretar el correcto sentido de las disposiciones del Estatuto de la Universidad, a petición del Rector o cualquier cuerpo colegiado de la misma, sin prejucio de la facultad que, conforme a las leyes, le corresponde a la Contraloría General de la Republica. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Junta Directivia Nº 29. |
NO APLICA |
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CONTRALOR |
El Contralor es el funcionario responsable de ejercer el control de legalidad de los actos de las autoridades de la Universidad, fiscalizar el ingreso o uso de fondos, examinar las cuentas de las personas que tenga a su cargo bienes de la misma y ejercer las demás funciones afines que le señale la ordenanza aprobada por la Junta Directiva, sin perjuicio de las facultades que conforme a las leyes le correspondan a la Contraloría General de la República. Será designado por la Junta Directiva y cesará en sus funciones por renuncia, fallecimiento o remoción. |
ART. 12. DFL 150 |
NO APLICA |
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Planificar, organizar, dirigir y controlar el funcionamiento de la Contraloría de la Universidad, y adoptar las decisiones necesarias para el ejercicio de sus atribuciones. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 1. |
NO APLICA |
||
Controlar el cabal cumplimiento de los acuerdos y ordenanzas de la Junta Directiva. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 2. |
NO APLICA |
||
Controlar el cumplimiento y observancia de las leyes, ordenanzas, reglamentos, decretos y resoluciones a través de los cuales se rige la Universidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 3. |
NO APLICA |
||
Supervisar y mantener actualizado todo lo concerniente a organización y métodos de la Contraloría. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 4. |
NO APLICA |
||
Requerir de toda instancia, cuando sea necesario, información y antecedentes para aclarar la correcta aplicación que debe darse a las normas, reglamentos, decretos, resoluciones, etc., que integran el régimen jurídico interno y externo de la Universidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 5. |
NO APLICA |
||
Sugerir a las instancias pertinentes, la necesidad de complementar o modificar determinadas normas que conforman el ordenamiento reglamentario universitario. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 6. |
NO APLICA |
||
Mantener una estrecha coordinación y colaboración con la Contraloría General de la República. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 7. |
NO APLICA |
||
Realizar, con o sin previo aviso, actuaciones y diligencias cuyo objetivo sea: inspeccionar, fiscalizar y controlar el correcto cumplimiento de los deberes y obligaciones del personal de la Universidad, acorde con las normas legales y reglamentos vigentes. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 8. |
NO APLICA |
||
Auditar la Contabilidad General y Presupuestaria de la Universidad, según las técnicas aceptadas. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 9. |
NO APLICA |
||
Comprobar que todos los bienes de la Universidad se encuentren debidamente inventariados y controlados, y que se hayan tomado todas las medidas necesarias para prevenir posibles pérdidas. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 10. |
NO APLICA |
||
Solicitar de las instituciones financieras u otros organismos en que se encuentren fondos de la Universidad, a cualquier título, toda la información correspondiente que sea necesaria para los fines específicos de su labor. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 11. |
NO APLICA |
||
Informar por escrito a la Junta Directiva, Rector u otras Autoridades Superiores de la Universidad, sobre los controles y misiones encomendadas especialmente por éstos. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 12. |
NO APLICA |
||
Requerir, a las diversas unidades, la entrega de información y antecedentes necesarios para el cumplimiento de la función contralora: la que deberá ser entregada en los plazos y formas que se fijen en cada oportunidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 13. |
NO APLICA |
||
Velar que el presupuesto de la Universidad y los ajustes presupuestarios, sean presentados en tiempo y forma a la Junta Directiva. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 14. |
NO APLICA |
||
Revisar y evaluar el sistema de control interno y comprobar que los procedimientos establecidos se ajusten a las condiciones imperantes, formulando recomendaciones para modificarlos y/o mejorarlos en casos que sean necesarios. Para ello podrá: |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 15. |
NO APLICA |
||
Estudiar los resultados de las operaciones efectuadas y compararlos con los programas establecidos y las metas prefijadas, viendo su concordancia y la correcta utilización de los fondos que se hubieren destinado. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 16. |
NO APLICA |
||
Sugerir la racionalización de los sistemas y procedimientos administrativos y contables, cuando sea necesario. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 17. |
NO APLICA |
||
Requerir al Rector, para el cumplimiento de sus funciones: |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 18. |
NO APLICA |
||
Enviar a la Junta Directiva, a través de su Presidente, Informe Anual de la labor desarrollada, pudiendo formular observaciones y recomendaciones que se estimen convenientes para la buena marcha de la unidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 19. |
NO APLICA |
||
Enviar al Presidente de la Junta Directiva, con copia al Rector, la planificación anual de las actividades a realizar por la Unidad a su cargo. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 20. |
NO APLICA |
||
Confeccionar el presupuesto anual de su Unidad y solicitar los recursos financieros, materiales y humanos necesarios. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 21. |
NO APLICA |
||
Actuar como representante de la Junta Directiva, en determinadas funciones específicas y esporádicas que ésta le encomiende. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 22. |
NO APLICA |
||
Dirigir la Unidad con las más amplias facultades, pudiendo delegar en los distintos subordinados la supervisión y control de los procesos internos. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 23. |
NO APLICA |
||
Dictar Resoluciones sobre materias de su competencia y, en especial, aquellas relativas a: |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Contraloria Nº 24. |
NO APLICA |
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RECTOR |
Nombrar y remover al personal académico y administrativo de la Universidad. |
ART. 11º letra A) DFL 150 |
NO APLICA |
|
Proponer a la Junta Directiva los nombramientos de los funcionarios superiores de la Universidad contemplados en este Título, excepto al Contralor, y formalizarlos una vez efectuados. |
ART. 11º letra B) DFL 150 |
NO APLICA |
||
Proponer el presupuesto anual de la Universidad a la Junta Directiva. |
ART. 11º letra C) DFL 150 |
NO APLICA |
||
Proponer a la Junta Directiva las normas con arreglo a las cuales se fijarán las remuneraciones del cuerpo académico y de los funcionarios superiores y administrativos de la Universidad. |
ART. 11º letra D) DFL 150 |
NO APLICA |
||
Aprobar los cargos necesarios del cuerpo académico y funcionarios administrativos de la Universidad solicitados por los Decanos y otros funcionarios con responsabilidad en la administración de la Universidad. |
ART. 11º letra E) DFL 150 |
NO APLICA |
||
Ejecutar los acuerdos de la Junta Directiva y promulgar las ordenanzas y las decisiones que procedan. |
ART. 11º letra F) DFL 150 |
NO APLICA |
||
Aprobar la cuota anual de ingresos de estudiantes, a proposición de los Decanos. |
ART 11º letra G) DFL 150 |
NO APLICA |
||
Determinar los derechos a que se refiere el artículo 2° número 5 de este Estatuto.(Derechos que deben ser pagados por cualquier persona o clase de personas por matrícula, por servicios prestados por los funcionarios universitarios, por éxamenes, por admisión o cualquier grado o título de grado, o para propósitos de la Universidad en general). |
ART. 11º letra H) DFL 150, complementado por Decreto Exento. 00.1441/2006. |
NO APLICA |
||
Administrar los bienes de la Corporación sin perjuicio de las atribuciones de la Junta Directiva. |
ART. 11º letra I) DFL 150 |
NO APLICA |
||
Dictar los reglamentos, decretos y resoluciones que le competan a su autoridad. |
ART 11º letra J) DFL 150 |
NO APLICA |
||
Ejecutar los acuerdos del Consejo Académico que procedan. |
ART 11º letra K) DFL 150 |
NO APLICA |
||
Dictar el régimen de subrogación que regirá durante su mandato en aquellos casos no estipulados en el presente Estatuto. |
ART 11º letra L) DFL 150 |
NO APLICA |
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Representar legalmente a la Universidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Rectoría Nº 13. |
NO APLICA |
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Ser el medio oficial de comunicación entre cada Facultad, Escuela Universitaria e Istituto y la junta, entre el Cosejo Académico y la Junta, entre los funcionarios de la administración y la Junta, y entre los estudiantes y la Junta. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Rectoría Nº 14. |
NO APLICA |
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CONSEJO ACADÉMICO |
Proponer al Rector el calendario de las actividades académicas de la Universidad. |
ART. 40 letra A), DFL 150 |
NO APLICA |
|
Efectuar recomendaciones para ser consideradas por cada Facultad, en referencia a los programas y políticas educacionales propias de cada Facultad. |
ART. 40 letra B), DFL 150 |
NO APLICA |
||
Recomendar la creación de grados, diplomas y certificados y los planes y programas de estudios conducentes a ellos, a proposición de las respectivas Facultades. |
ART. 40 letra C), DFL 150 |
NO APLICA |
||
Reconocer o recomendar al Rector la adopción o consideración de medidas que estén dentro del ámbito de atribuciones de la Junta Directiva. |
ART. 40 letra D), DFL 150 |
NO APLICA |
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Proponer normativas relativas a la actividad académica de la Universidad. |
ART. 40 letra E), DFL 150 |
NO APLICA |
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GABINETE RECTORÍA |
Coordinar reuniones de Rectoría tanto con instancias directivas de diferentes estamentos y unidades de la Universidad, como externas a ella, tomando nota de los acuerdos logrados y los cursos de acción a seguir. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Gabinete Rectoría Nº 1. |
NO APLICA |
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Registrar, coordinar, programar y supervisar la agenda de actividades de protocolo, de representación y de comunicación, así como los compromisos del Rector. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Gabiente Rectoría Nº 2. |
NO APLICA |
||
Acompañar al Rector, o representarlo en reuniones, ceremonias y otros eventos de carácter público, que la autoridad disponga. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Gabinete Rectoría Nº 3. |
NO APLICA |
||
Informar al Rector acerca del desarrollo del quehacer institucional de la Universidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Gabinete Rectoría Nº 4. |
NO APLICA |
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Concertar entrevistas y audiencias solicitadas al Rector, revisar y priorizar la correspondencia y las comunicaciones tanto telefónicas como electrónicas. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Gabinete Rectoría Nº 5. |
NO APLICA |
||
Mantener expedito el flujo de documentación entre Rectoría y demás funcionarios superiores. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Gabinete Rectoría Nº 6. |
NO APLICA |
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Administrar, supervisar y controlar el presupuesto y el trabajo secretarial de Rectoría. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Gabinete Rectoría Nº 7. |
NO APLICA |
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Coordinar y asesorar las publicaciones editadas por Rectoría. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Gabinete Rectoría Nº 8. |
NO APLICA |
||
Otras funciones que el Rector le encomiende. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Gabinete Rectoría Nº 9. |
NO APLICA |
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OFICINA SANTIAGO |
Representar al Rector en Santiago cuando éste se lo encomiende. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Oficina Santiago Nº 1. |
NO APLICA |
|
Administrar el trabajo de la oficina con el propósito de cumplir en forma eficaz y eficiente los planes, programas y proyectos encomendados. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Oficina Santiago Nº 2. |
NO APLICA |
||
Informar de oportunidades a las unidades académicas, de proyectos y programas académicos posibles de realizar. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Oficina Santiago Nº 3. |
NO APLICA |
||
Velar por el cumplimiento de las acciones técnico-docentes y administrativas, de conformidad a las funciones y responsabilidades específicas en los respectivos proyectos académicos que se realicen en Santiago. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Oficina Santiago Nº 4. |
NO APLICA |
||
Informar periódicamente a los Decanos de acuerdo al sistema estipulado, respecto al desarrollo de proyectos académicos en curso. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Oficina Santiago Nº 5. |
NO APLICA |
||
Relacionar y representar al Rector ante los organismos que este solicite, responsabilizándose del protocolo correspondiente. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Oficina Santiago Nº 6. |
NO APLICA |
||
Mantener estrechos vínculos con los organismos fiscales que operan financiera y administrativamente con la Universidad y otros que sean de interés para la Institución. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Oficina Santiago Nº 7. |
NO APLICA |
||
Dirigir las actividades de difusión y de relaciones universitarias, particularmente en la ciudad de Santiago, de conformidad a las políticas e instrucciones emanadas de la Dirección de la Universidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Oficina Santiago Nº 8. |
NO APLICA |
||
Realizar las gestiones que le encomiende la Universidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Oficina Santiago Nº 9. |
NO APLICA |
||
Atender y apoyar las gestiones de funcionarios de la Universidad que se encuentren en Santiago cumpliendo Comisión de Servicios. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Oficina Santiago Nº 10. |
NO APLICA |
||
Velar por el fiel cumplimiento de los Decretos e instrucciones de la Universidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Oficina Santiago Nº 11. |
NO APLICA |
||
Proponer anualmente el presupuesto de su oficina. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Oficina Santiago Nº 12. |
NO APLICA |
||
Elaborar la memoria anual de su oficina. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Oficina Santiago Nº 13. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control a su superior. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Oficina Santiago Nº 14. |
NO APLICA |
||
Otras funciones que el Rector le encomiende |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Oficina Santiago Nº 15. |
NO APLICA |
||
SECRETARIO DE LA UNIVERSIDAD |
El Secretario de la Universidad es el funcionario superior responsable de citar y llevar actas exactas y completas de todas las reuniones de la Junta Directiva, de los Comités de la Junta, del Consejo Académico, de las Comisiones Universitarias y de todos los otros Comités de carácter general que se establezcan en la Universidad. Debe vigilar que se de aviso a los distintos funcionarios de todos los actos y decisiones de dichos organismos que los afecten. |
ART. 15º Nº1, DFL 150 |
NO APLICA |
|
El Secretario de la Universidad guardará y archivará todos los documentos que pertenezcan a la Universidad y que estén bajo su custodia. Tendrá la custodia del sello de la Universidad, el que deberá ser estampado en los documentos que lo requieran. Es responsable de la emisión de los certificados y diplomas que otorgue la Universidad. |
ART. 15º Nº2, DFL 150 |
NO APLICA |
||
Citar y llevar actas exactas y completas de todas las reuniones de la Junta Directiva, de los Comités de la Junta, del Consejo Académico, de las Comisiones Universitarias y de todos los otros comités de carácter general que se establezcan en la Universidad. Debe vigilar que se de aviso a los distintos funcionarios de todos los actos y decisiones de dichos organismos que los afecten. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Secretaría de la Universidad Nº 1. |
NO APLICA |
||
Guardar y archivar todos los documentos de la Universidad que se encuentren bajo su custodia. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Secretaría de la Universidad Nº 2. |
NO APLICA |
||
Custodiar el sello de la Universidad, el que deberá ser estampado en los documentos que lo requieran. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Secretaría de la Universidad Nº 3. |
NO APLICA |
||
Emitir y refrendar los certificados y diplomas que otorgue la Universidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Secretaría de la Universidad Nº 4. |
NO APLICA |
||
Actuar como Ministro de Fe en todos los actos que lo requieran. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Secretaría de la Universidad Nº 5. |
NO APLICA |
||
Elaborar y emitir oficialmente todos los decretos de la Universidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Secretaría de la Universidad Nº 6. |
NO APLICA |
||
Velar por el cumplimiento del Reglamento de Firma Electrónica y sus modificaciones. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Secretaría de la Universidad Nº 7. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control a su superior, en materias de competencias. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Secretaría de la Universidad Nº 8. |
NO APLICA |
||
Custodiar el archivo de decretos y decretos exentos de la Universidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Secretaría de la Universidad Nº 9. |
NO APLICA |
||
Emitir los actos administrativos que instruyan investigaciones sumarias y sumarios administrativos, manteniendo un seguimiento de su desarrollo. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Secretaría de la Universidad Nº 10. |
NO APLICA |
||
Otras funciones que el Rector le encomiende. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Secretaría de la Universidad Nº 11. |
NO APLICA |
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ASESOR JURÍCO |
Emitir sobre aplicaciones, interpretaciones y alcances de las leyes y reglamentos. Asímismo, sobre Ordenanzas, Decretos, Decretos Exentos, y Resoluciones Exentas emanadas de las diversas autoridades universitarias. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Asesoría Jurídica Nº 1. |
NO APLICA |
|
Informar y comentar el contenido y alcance de las disposiciones jurídicas relativas a la Universidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Asesoría Jurídica Nº 2. |
NO APLICA |
||
Mantener un registro actualizado de la legislación, doctrina y jurisprudencia aplicable a la Universidad. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Asesoría Jurídica Nº 3. |
NO APLICA |
||
Mantener una vinculación directa con la División Jurídica de la Contraloría Regional y General de la República y con el Comité Jurídico del Consejo de Rectores. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Asesoría Jurídica Nº 4. |
NO APLICA |
||
Representar a la Universidad en eventos, seminarios, congresos y otras actividades en materias jurídicas. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Asesoría Jurídica Nº 5. |
NO APLICA |
||
Evacuar consultas e informes de carácter legal, reglamentario o de orden interno. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Asesoría Jurídica Nº 6. |
NO APLICA |
||
Asumir la representación judicial y extrajudicial de la Universidad cuando el Rector lo determine. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Asesoría Jurídica Nº 7. |
NO APLICA |
||
Elaborar convenios, contratos, reglamentos y otros actos similares: con tal objeto, podrá requerir los antecedentes atingentes a la materia. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Asesoría Jurídica Nº 8. |
NO APLICA |
||
Participar en las comisiones que el Rector determine, en calidad de asesor. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Asesoría Jurídica Nº 9. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control a su superior, en materias de su competencia. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Asesoría Jurídica Nº 10. |
NO APLICA |
||
Realizar seguimiento y revisión de las investigaciones Sumarias y Sumarios Administrativos, e informar que se encuentran ajustadas a derecho. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Asesoría Jurídica Nº 11. |
NO APLICA |
||
Otras funciones que el Rector le encomiende. |
Decreto exento Nº 00.1441/2006, pto 7 Asesoría Jurídica Nº 12. |
NO APLICA |
||
VICERRECTOR ACADEMICO |
Tiene la responsabilidad del desarrollo, administración y coordinación de los asuntos académicos de la Universidad. En el ejercicio de sus responsabilidades debe proponer planes y acciones en materias académicas, reuniéndose y consultando con los Decanos y miembros de las Facultades. Puede designar Comités de profesores que lo asesoren en su gestión. |
ART. 13º Nº 1 DFL 150. |
NO APLICA |
|
Proponer planes y acciones en materias académicas y el presupuesto de la Vicerrectoría Académica. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 1. |
NO APLICA |
||
Participar en el análisis y formulación de los presupuestos de las unidades académicas, como de los fondos internos concursables y asignables de éstas. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 2. |
NO APLICA |
||
Solicitar, estudiar y evaluar los Planes de Desarrollo de las Facultades, Escuelas Universitarias, Institutos y Departamentos. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 3. |
NO APLICA |
||
Fijar normas, procedimientos y reglamentos en materias de tipo académico, de orden general, y que excedan el ámbito de una Facultad, Escuela Universitaria o Instituto. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 4. |
NO APLICA |
||
Estudiar y proponer modificaciones a las normas, procedimientos y reglamentos académicos generales preestablecidos. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 5. |
NO APLICA |
||
Coordinar y evaluar las actividades de las unidades a su cargo. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 6 . |
NO APLICA |
||
Presidir la Comisión de Nombramientos y Promociones contemplada en el Art. 35 del DFL 150. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 7. |
NO APLICA |
||
Integrar el Consejo Académico, los Consejos de Facultad, Escuela Universitaria e Instituto, debiendo presidir aquellos en ausencia del Rector. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 8. |
NO APLICA |
||
Proponer el calendario académico anual. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 9. |
NO APLICA |
||
Designar comisiones para dedicarse al estudio de materias académicas que excedan al ámbito de una Facultad, Escuela Universitaria o Instituto. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 10. |
NO APLICA |
||
Seleccionar, aprobar y oficializar proyectos académicos a desarrollarse en las unidades académicas de la Universidad. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 11. |
NO APLICA |
||
Proveer información de la gestión académica a Rectoría, y a otras unidades que lo requieran. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 12. |
NO APLICA |
||
Implementar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 13. |
NO APLICA |
||
Administrar los fondos de Investigación, de perfeccionamiento, y otros que le sean asignados. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 14. |
NO APLICA |
||
Otras funciones que el Rector le encomiende: |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 15. |
NO APLICA |
||
Firmar y aprobar por resolución exenta convenios académicos con representantes de su mismo nivel jerárquico de instituciones de educación superior, de entidades cooperadoras y de organismos nacionales y extranjeras de apoyo a la función académica, sean públicos o privados. |
ART. 1, Nº 1 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Oficializar proyectos de Prestación de Servicios y Asistencia Técnica, que emanen de las unidades de su dependencia. |
ART. 1, Nº 2 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Autorizar y conceder al personal de su dependencia directa: |
ART. 1, Nº 3 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Conceder al personal académico de la Universidad, permisos sin goce de remuneraciones por motivos particulares, hasta por seis meses en cada año calendario. |
ART. 1, Nº 4 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Autorizar y oficializar cursos o programas de capacitación, como la participación de los académicos en ellos. |
ART. 1, Nº 5 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Designar Alumnos Ayudantes en las unidades de su dependencia, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria. |
ART. 1, Nº 6 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Autorizar al personal académico a no hacer uso del feriado legal durante el período de receso universitario que corresponda. |
ART. 1, Nº 7 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Conceder, anticipar y postergar el feriado legal al personal académico, que no hizo uso del mismo durante el receso universitario correspondiente. |
ART. 1, Nº 8 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Designar comisiones de estudio en materias propias de su unidad, oficializando las mismas, pudiendo determinar los procedimientos aplicables. Al efecto, cuando participen académicos en las mismas, deberá requerirse la anuencia del Decano respectivo. |
ART. 1, Nº 9 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Designar y nombrar a los Directores de Revistas, publicadas en la Universidad, previo conocimiento del Decano respectivo. |
ART. 1, Nº 10 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Destinar a los funcionarios académicos, a las diversas dependencias de la Universidad, previo conocimiento del Decano respectivo. |
ART. 1, Nº 11 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Celebrar y aprobar por resolución exenta: |
ART. 1, Nº 12 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Autorizar permisos con goce de remuneraciones establecidos en el artículo Nº 109, DFL. Nº 29, de 2004, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, esto es, los denominados 06 días de permiso Administrativos al personal académico de la Universidad. |
ART. 1, Nº 13 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Autorizar y oficializar los permisos con goce de remuneraciones en el país y al extranjero, de los funcionarios académicos de la Universidad (Decreto Nº 693/84), cuando las circunstancias y necesidades lo requieran por más de 30 días y hasta por un año. |
ART. 1, Nº 14 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Autorizar y oficializar las comisiones de servicios al extranjero, de los funcionarios académicos de la Universidad, de acuerdo al artículo 76º, DFL.29, de 2004, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, esto es 3 meses, en cada año calendario en el extranjero. |
ART. 1, Nº 15 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
VICERRECTORÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS |
El Vice Rector de Administración y Finanzas es el funcionario superior de finanzas y contabilidad de la Universidad. Debe vigilar que las reglas prescritas por la Universidad en los negocios y asuntos financieros, sean observados fielmente. Es responsable de llevar una contabilidad que permita conocer con exactitud la situación financiera de la Universidad. |
ART. 14 Nº 1 DFL 150 |
NO APLICA |
|
Es el funcionario superior responsable de manejar los procedimientos administrativos para la contratación de los funcionarios de la Universidad, incluyendo el control y administración de los sueldos y salarios que paga a sus funcionarios. |
ART. 14 Nº 2 DFL 150 |
NO APLICA |
||
Es responsable de la administración y mantención del campus, y de la supervisión de los proyectos de construcción, aprobados por la Junta que estén en ejecución. |
ART. 14 Nº 3 DFL 150 |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer políticas, normas, procedimientos y reglamentos en el área de su competencia. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Admistración y Finanzas Nº 1. |
NO APLICA |
||
Participar y coordinar la formulación del presupuesto anual de la Universidad. Fijar y asignar los respectivos presupuestos de cada una de las unidades académicas y administrativas de la Universidad. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 2. |
NO APLICA |
||
Proponer el presupuesto de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 3. |
NO APLICA |
||
Manejar los procedimientos administrativos para la contratación de los funcionarios de la Universidad, incluyendo el control y administración de los sueldos, salarios y remuneraciones que paga a sus funcionarios. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 4. |
NO APLICA |
||
Llevar una contabilidad que permita conocer con exactitud la situación financiera de la Universidad. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 5. |
NO APLICA |
||
Apoyar la gestión académica en lo que se refiere al adecuado y expedito suministro de recursos para el desarrollo de las actividades aprobadas. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 6. |
NO APLICA |
||
Velar por la adecuada administración y mantención de los campus y de las dependencias de la Universidad. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 7. |
NO APLICA |
||
Supervisar los proyectos de construcción, aprobados por la Junta Directiva, que estén en ejecución. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 8. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control presupuestario. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 9. |
NO APLICA |
||
Mantener contactos permanentes con instituciones públicas, financieras y/o comerciales relacionadas con su área de competencia. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 10. |
NO APLICA |
||
Coordinar y controlar las actividades de las unidades a su cargo. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 12. |
NO APLICA |
||
Asesorar al Rector en materias administrativas, contables y financieras. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 13. |
NO APLICA |
||
Controlar y evaluar la gestión presupuestaria. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 14. |
NO APLICA |
||
Designar comisiones para dedicarse al estudio de materias de>su competencia. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 15. |
NO APLICA |
||
Fijar normas y procedimientos en materias no académicas de orden general que excedan al ámbito de una Facultad, Escuela Universitaria o Instituto |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 16. |
NO APLICA |
||
Otras funciones que el Rector le encomiende. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría Académica Nº 17. |
NO APLICA |
||
Celebrar, suscribir y aprobar por resolución exenta contratos de arrendamiento tanto de bienes raíces, como de otros bienes y servicios. |
ART. 2 Nº 1, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Decidir y resolver la ejecución tanto de obras menores como de especialidades, celebrando los contratos y convenios cuando sean procedentes. |
ART. 2 Nº 2, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar, adjudicar, suscribir y aprobar por resolución exenta los contratos que se requieren para adquirir bienes muebles destinados a la dotación de los edificios universitarios existentes, como los que se construyan y adquieran en el futuro. |
ART. 2 Nº 3, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y derogar la administración de Fondos Fijos. |
ART. 2 Nº 4, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y conceder al personal de su dependencia: |
ART. 2 Nº 5, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y oficializar tanto cursos o programas de capacitación, como la participación de los funcionarios no académicos en ellos. |
ART. 2 Nº 6, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Destinar a los funcionarios no académicos dentro de las unidades y dependencias de la Universidad. |
ART. 2 Nº 7, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Designar alumnos ayudantes, en las unidades de su dependencia, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria. |
ART. 2 Nº 8, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Celebrar y aprobar por resolución exenta: |
ART. 2 Nº 9, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Contratar servicios en general y aprobarlos por resolución exenta, con personas naturales o jurídicas debidamente representadas, para realizar funciones no académicas. |
ART. 2 Nº 10, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Designar comisiones de estudio en materias propias de su unidad, oficializando las mismas, pudiendo determinar los procedimientos aplicables al efecto. |
ART. 2 Nº 11, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y oficializar las comisiones de servicios al extranjero, de los funcionarios no académicos de la Universidad, de acuerdo a lo estipulado en el DFL.29, de 2004, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, esto es, los denominados permisos administrativos al personal de su dependencia. |
ART. 2 Nº 12, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Además, podrá suscribir por sí o por delegación, todo formulario, solicitudes de permisos y documentación que requieran tramitarse por su unidad, en los servicios públicos, semipúblicos, municipalidades, empresas del estado, empresas autónomas y personas jurídicas de cualquier naturaleza. |
ART. 2 Nº 13, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y aprobar por resolución exenta: |
ART. 2 Nº 14 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Adjudicar, suscribir y aprobar por resolución exenta: |
ART. 2 Nº 15 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Autorizar y firmar: |
ART. 2 Nº 16 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Autorizar y aprobar por resolución exenta: |
ART. 2 Nº 17 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Adjudicar, suscribir y aprobar por resolución exenta: |
ART. 2 Nº 18 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
VICERRECTORÍA DE CALIDAD INSTITUCIONAL |
Generar las instancias necesarias para apoyar y desarrollar el proceso de autoevaluación y acreditación Institucional. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Calidad Institucional Nº 1. |
NO APLICA |
|
Generar las instancias necesarias para apoyar y desarrollar el proceso de autoevaluación y acreditación de las carreras de pregrado y postgrado. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Calidad Institucional Nº 2. |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer políticas, normativas, procedimientos y reglamentos en el área de su competencia. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Calidad Institucional Nº 3. |
NO APLICA |
||
Establecer el modelo y sistema de gestión de calidad del servicio, que asegure el cumplimiento de estándares y la satisfacción de los estudiantes y otros grupos de interés de la Universidad, tanto internos como externos. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Calidad Institucional Nº 4. |
NO APLICA |
||
Promover y fortalecer en la Universidad, una cultura de excelencia en el servicio. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Calidad Institucional Nº 5. |
NO APLICA |
||
Gestionar en las instancias que correspondan todos los cambios que sean necesarios para asegurar la calidad institucional. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Calidad Institucional Nº 6. |
NO APLICA |
||
Proponer el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Calidad Institucional Nº 7. |
NO APLICA |
||
Elaborar la Memoria Anual de la Universidad de Tarapacá. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Calidad Institucional Nº 8. |
NO APLICA |
||
Asesorar al Rector en materias de su competencia. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Calidad Institucional Nº 9. |
NO APLICA |
||
Otras funciones que el Rector le encomiende. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Calidad Institucional Nº 10. |
NO APLICA |
||
Firmar y aprobar por resolución exenta, convenios académicos con representantes de su mismo nivel jerárquico de Instituciones de educación superior, de entidades cooperadoras y organismos nacionales y extranjeras de apoyo a la función académica, sean públicos y privados. |
ART. 4, Nº 1 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Oficializar proyectos de Prestación de Servicios y Asistencia Técnica, que emanen de las unidades de su dependencia. |
ART. 4, Nº 2 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar comisiones de servicios, dentro del país hasta por 15 días, a funcionarios académicos y no académicos de su dependencia. |
ART. 4, Nº 3 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Designar Alumnos Ayudantes en las unidades de su dependencia, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria. |
ART. 4, Nº 4 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Designar comisiones de estudio en materias propias de su unidad, oficializando las mismas, pudiendo determinar los procedimientos aplicables al efecto. |
ART. 4, Nº 5 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Celebrar y aprobar por resolución exenta: |
ART. 4, Nº 6 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y oficializar permisos con goce de remuneraciones, referidos a los denominados seis días administrativos determinados en el artículo 109 del D.F.L. Nº 29 de 2004, que fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Estatuto Administración aprobado por la Ley 18.834, al personal académico de su dependencia. |
ART. 4, Nº 7 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Delégase, exclusivamente, en el Vicerrector de Posicionamiento Estratégico, o en la persona que lo subroguen, atribuciones para emitir Resoluciones Exentas en la siguiente materia: |
ART. 4, Nº 8 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
VICERRECTORÍA DE DESARROLLO |
Proporcionar los antecedentes necesarios al Rector para la elaboración del plan de desarrollo de la Universidad. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Desarrollo Nº 1. |
NO APLICA |
|
Elaborar y proponer los planes de mediano y largo plazo destinados a materializar el plan de desarrollo de la Universidad. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Desarrollo Nº 2. |
NO APLICA |
||
Participar en la formulación del Presupuesto Anual de la Universidad. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Desarrollo Nº 3. |
NO APLICA |
||
Analizar e informar al Rector de la compatibilidad de los planes de desarrollo de la Universidad y de las unidades que la conforman, con los fines de ésta. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Desarrollo Nº 4. |
NO APLICA |
||
Asesorar al Rector en estudios sobre materias académicas, administrativas y económicas. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Desarrollo Nº 5. |
NO APLICA |
||
Detectar, analizar e informar permanentemente las debilidades, fortalezas, amenazas y oportunidades que posee y se le presenten a la Institución. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Desarrollo Nº 6. |
NO APLICA |
||
Asesorar a las unidades académicas que lo requieran en la formulación de sus respectivos planes de desarrollo. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Desarrollo Nº 7. |
NO APLICA |
||
Elaborar información que facilite la toma de decisiones de las autoridades superiores. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Desarrollo Nº 8. |
NO APLICA |
||
Controlar y evaluar la gestión del plan de desarrollo de la Universidad. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Desarrollo Nº 9. |
NO APLICA |
||
Formular y presentar proyectos institucionales, y buscar nuevas fuentes de financiamiento que sustenten el desarrollo de la Universidad. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Desarrollo Nº 10. |
NO APLICA |
||
Definir, implementar y evaluar, la política informática y tecnológica de la Universidad. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Desarrollo Nº 11. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control a su superior. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Desarrollo Nº 12. |
NO APLICA |
||
Proponer al Rector la actualización del Plan Maestro Regulador en fusión de las necesidades y proyecciones que requiere el desarrollo de la Universidad. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Desarrollo Nº 13. |
NO APLICA |
||
Otras funciones que el Rector le encomiende. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Desarrollo Nº 14. |
NO APLICA |
||
Firmar y aprobar por resolución exenta, convenios académicos con representantes de su mismo nivel jerárquico de Instituciones de educación superior, de entidades cooperadoras y organismos nacionales y extranjeras de apoyo a la función académica, sean públicos y privados. |
ART. 4, Nº 1 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Oficializar proyectos de Prestación de Servicios y Asistencia Técnica, que emanen de las unidades de su dependencia. |
ART. 4, Nº 2 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar comisiones de servicios, dentro del país hasta por 15 días, a funcionarios académicos y no académicos de su dependencia. |
ART. 4, Nº 3 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Designar Alumnos Ayudantes en las unidades de su dependencia, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria. |
ART. 4, Nº 4 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Designar comisiones de estudio en materias propias de su unidad, oficializando las mismas, pudiendo determinar los procedimientos aplicables al efecto. |
ART. 4, Nº 5 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Celebrar y aprobar por resolución exenta: |
ART. 4, Nº 6 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y oficializar permisos con goce de remuneraciones, referidos a los denominados seis días administrativos determinados en el artículo 109 del D.F.L. Nº 29 de 2004, que fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Estatuto Administración aprobado por la Ley 18.834, al personal académico de su dependencia. |
ART. 4, Nº 7 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Delégase, exclusivamente, en el Vicerrector de Posicionamiento Estratégico, o en la persona que lo subrogue, atribuciones para emitir Resoluciones Exentas en la siguiente materia: |
ART. 4, Nº 8 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
VICERRECTORÍA DE POSICIONAMIENTO ESTRATÉGICO |
Asesorar al Rector en materias de posicionamiento estratégico de la Universidad. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Posicionamiento Estrategico Nº 1. |
NO APLICA |
|
Representar al Rector, cuando éste así lo disponga, ante organismos internacionales públicos o privados. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Posicionamiento Estrategico Nº 2. |
NO APLICA |
||
Establecer las políticas de posicionamiento y diseñar las estrategias necesarias para su logro. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Posicionamiento Estrategico Nº 3. |
NO APLICA |
||
Establecer, gestionar y consolidar vínculos que faciliten la interrelación de la Universidad con el medio gubernamental, empresarial y social. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Posicionamiento Estrategico Nº 4. |
NO APLICA |
||
Promover y concretar iniciativas que fortalezcan un rol activo de la Universidad en la comunidad local y regional. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Posicionamiento Estrategico Nº 5. |
NO APLICA |
||
Promover y gestionar, al interior de la Universidad, la participación de sus funcionarios en programas o proyectos basados en políticas públicas, destinados a resolver problemas de interés regional o nacional. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Posicionamiento Estrategico Nº 6. |
NO APLICA |
||
Generar, desarrollar y mantener canales de comunicación con otras instituciones del sistema de educación superior, con la finalidad de idear acciones comunes de desarrollo interinstitucional en áreas de interés común. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Posicionamiento Estrategico Nº 7. |
NO APLICA |
||
Diseñar e implementar la política de comunicaciones, tanto interna como externa de la Universidad. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Posicionamiento Estrategico Nº 8. |
NO APLICA |
||
Coordinar, articular y optimizar, el empleo de los medios de comunicación y difusión de la Institución para el logro de sus objetivos. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Posicionamiento Estrategico Nº 9. |
NO APLICA |
||
Otras funciones que el Rector le encomiende. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Posicionamiento Estrategico Nº 10. |
NO APLICA |
||
Firmar y aprobar por resolución exenta, convenios académicos con representantes de su mismo nivel jerárquico de Instituciones de educación superior, de entidades cooperadoras y organismos nacionales y extranjeras de apoyo a la función académica, sean públicos y privados. |
ART. 4, Nº 1, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Oficializar proyectos de Prestación de Servicios y Asistencia Técnica, que emanen de las unidades de su dependencia. |
ART. 4, Nº 2, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar comisiones de servicios, dentro del país hasta por 15 días, a funcionarios académicos y no académicos de su dependencia. |
ART. 4, Nº 3, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Designar Alumnos Ayudantes en las unidades de su dependencia, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria. |
ART. 4, Nº 4, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Designar comisiones de estudio en materias propias de su unidad, oficializando las mismas, pudiendo determinar los procedimientos aplicables al efecto. |
ART. 4, Nº 5, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Celebrar y aprobar por resolución exenta: |
ART. 4, Nº 6, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y oficializar permisos con goce de remuneraciones, referidos a los denominados seis días administrativos determinados en el artículo 109 del D.F.L. Nº 29 de 2004, que fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Estatuto Administración aprobado por la Ley 18.834, al personal académico de su dependencia. |
ART. 4, Nº 7, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Delégase, exclusivamente, en el Vicerrector de Posicionamiento Estratégico, o en la persona que lo subrogue, atribuciones para emitir Resoluciones Exentas en la siguientes materias: |
ART. 4, Nº 8, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
VICERRECTORÍA DE SEDES |
Dirigir y ejercer el control de las actividades académicas, administrativas y financieras de las Sedes. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Sedes Nº 1. |
NO APLICA |
|
Proponer al Rector, entre otras materias: |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Sedes Nº 2. |
NO APLICA |
||
Resolver las materias de su competencia según la reglamentación vigente. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Sedes Nº 4. |
NO APLICA |
||
Establecer vínculos con organizaciones del medio externo que le permitan gestionar y proponer convenios necesarios para el desarrollo de actividades que propendan a la implementación de servicios académicos, entre otros, de docencia, investigación, consultoría, transferencia tecnológica, vinculación universidad-empresa, y otros. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Sedes Nº 5. |
NO APLICA |
||
Realizar coordinaciones transversales con las Vicerrectorías de la Casa Central. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Sedes Nº 6. |
NO APLICA |
||
Administrar y controlar los bienes de las Sedes. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Sedes Nº 7. |
NO APLICA |
||
Designar comisiones para dedicarse al estudio de materias relacionadas con el quehacer de las Sedes. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Sedes Nº 8. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance sobre el control de la gestión académica de las Sedes. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Sedes Nº 9. |
NO APLICA |
||
Elaborar la memoria anual de cada una de las Sedes. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Sedes Nº 10. |
NO APLICA |
||
Rendir cuenta de su gestión cuando se le solicite. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Sedes Nº 11. |
NO APLICA |
||
Otras funciones que el Rector le encomiende. |
Decreto Exento Nº 00.1441/2006, pto. 7 Vicerrectoría de Sedes Nº 12. |
NO APLICA |
||
Firmar y aprobar por resolución exenta convenios académicos con representantes de su mismo nivel jerárquico de instituciones de educación superior, de entidades cooperadoras y de organismos nacionales de apoyo a la gestión académica, sean públicos o privados. |
ART. 3, Nº 1, Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Firmar y aprobar por resolución exenta convenios específicos sobre materias de su competencia, originadas en Convenios Generales o Declaración de Intenciones suscritas por el Sr. Rector. |
ART. 3, Nº 2 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Oficializar proyectos de Prestación de Servicios y Asistencia Técnica, cuyos ingresos sean iguales o inferiores a 1000 UTM |
ART. 3, Nº 3 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y oficializar tanto los cursos o programas de capacitación, como la participación de académicos y no académicos en los mismos. |
ART. 3, Nº 4 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Designar Alumnos Ayudantes en las unidades de su dependencia, conforme a su disponibilidad presupuestaria. |
ART. 3, Nº 5 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar al personal académico y no académico de su dependencia, a no hacer uso del feriado legal durante el período de receso universitario que corresponda. |
ART. 3, Nº 6 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Conceder, anticipar y postergar el feriado legal al personal académico y no académico de su dependencia, que no hizo uso del mismo durante el respectivo receso universitario. |
ART. 3, Nº 7 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Celebrar, suscribir y aprobar por resolución exenta, contratos de arrendamiento tanto de bienes raíces como de otros bienes y servicios, en el ámbito de su competencia y Sede. |
ART. 3, Nº 8 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Decidir y resolver la ejecución, tanto de obras menores como de especialidades, celebrando los contratos o convenios cuando sean procedentes y aprobándolos por resolución exenta. |
ART. 3, Nº 9 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar, adjudicar, suscribir y aprobar por resolución exenta los contratos que se requieren para la adquisición de bienes de la Sede. |
ART. 3, Nº 10 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y derogar la administración de Fondos Fijos, a funcionarios de la Sede Esmeralda Iquique. |
ART. 3, Nº 11 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y conceder al personal académico y no académico de su dependencia, comisiones de servicios dentro del país hasta por 15 días. |
ART. 3, Nº 12 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y conceder permisos sin goce de remuneraciones hasta por seis meses en cada año calendario por motivos particulares, a los funcionarios de su dependencia. |
ART. 3, Nº 13 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Suscribir y aprobar por resolución exenta los convenios de concesión de casinos, cafeterías y otros similares, contando con la participación del Director de Asuntos Estudiantiles, de la Universidad de Tarapacá, cuando corresponda. |
ART. 3, Nº 14 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Suscribir y aprobar por resolución exenta: |
ART. 3, Nº 15 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Designar comisiones de estudio en materias propias de la Sede, oficializando las mismas, pudiendo determinar los procedimientos aplicables al efecto. |
ART. 3, Nº 16 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar permisos con goce de remuneraciones, establecidos en el artículo 109, del DFL. Nº 29, de 2004, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, esto es, los denominados permisos administrativos al personal de su dependencia. |
ART. 3, Nº 17 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Suscribir por sí o por delegación, todo formulario, solicitudes de permisos y documentación que requieran tramitarse por su unidad, en los servicios públicos, semipúblicos, municipalidades, empresas del estado, empresas autónomas y personas jurídicas de cualquier naturaleza. |
ART. 3, Nº 18 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y aprobar por resolución exenta: |
ART. 3 Nº 19 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Adjudicar, suscribir y aprobar por resolución afecta: |
ART. 3 Nº 20 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Autorizar y firmar: |
ART. 3 Nº 21 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Autorizar y aprobar por resolución exenta: |
ART. 3 Nº 22 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
Adjudicar, suscribir y aprobar por resolución exenta: |
ART. 3 Nº 23 Decreto Exento 00.75/2012. |
NO APLICA |
||
DIRECCIÓN DE DOCENCIA |
Analizar, evaluar e informar sobre las debilidades y fortalezas de la función docente en la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 1. |
NO APLICA |
|
Analizar e informar la asignación de la carga docente propuesta por las facultades y escuelas universitarias. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 2. |
NO APLICA |
||
Proponer y coordinar la ejecución de los programas de capacitación académica en materias de docencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 3. |
NO APLICA |
||
Informar sobre la compatibilidad de los planes y programas docentes con las normas, reglamentos y/o procedimientos generales. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 4. |
NO APLICA |
||
Diseñar y/o proponer normas, reglamentos y/o procedimientos para la conducción de la actividad docente. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 5. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 6. |
NO APLICA |
||
Proponer y controlar el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 7. |
NO APLICA |
||
Presidir y/o participar en el Comité de Docencia y en aquellos necesarios para el mejo logro de su función. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 8. |
NO APLICA |
||
Proponer planes y acciones en materias docentes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 9. |
NO APLICA |
||
Preparar anteproyectos de convenios en materia vinculadas a la docencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 10. |
NO APLICA |
||
Otras que el encomiende su superior jerárquico en el ámbito de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 11. |
NO APLICA |
||
Velar por el fiel cumplimiento de las actividades, normas y procedimientos generales de la docencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 12. |
NO APLICA |
||
Coordinar, analizar, evaluar y controlar los programas conducentes a grados académicos de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 13. |
NO APLICA |
||
Analizar, controlar e informar la asignación de la carga académica de postgrado propuesta por las Facultades y escuelas universitaria. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 14. |
NO APLICA |
||
Apoyar, evaluar y proponer, en función del plan de desarrollo de la Universidad, la creación de nuevos programas de postgrado y la modificación de los existentes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 15. |
NO APLICA |
||
Informar sobre la compatibilidad de los planes y programas de postgrado con las normas, reglamentos y/o procedimientos generales. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 16. |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer, con el concurso de los representantes de las facultades y escuelas universitarias, normas, reglamentos y/o procedimientos para la conducción de los programas de postgrado de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 17. |
NO APLICA |
||
Presidir y/o participar en los comités de postgrado y en aquellos necesarios para el logro de su función. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 18. |
NO APLICA |
||
DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN ACADEMICA |
Coordinar, analizar, evaluar y controlar las actividades de investigación científica y las publicaciones científicas de la Universidad e informar sobre las debilidades y fortalezas de tales actividades. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de investigación y Extensión Académica Nº 1. |
NO APLICA |
|
Fortalecer a nivel institucional la investigación aplicada, manifestándose mediante la transferencia tecnológica, la investigación para el desarrollo económico de la región, la generación de patentes, entre otros. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 2. |
NO APLICA |
||
Analizar, controlar e informar la asignación de la carga académica de investigación propuesta por las Facultades. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 3. |
NO APLICA |
||
Proponer y coordinar la ejecución de programas de capacitación académica en materias de investigación científica. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 4. |
NO APLICA |
||
Informar sobre la compatibilidad de los planes y programas de investigación con las normas, reglamentos y/o procedimientos generales. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 5. |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer, con el concurso de los representantes de las Facultades, normas reglamentos y/o procedimientos para la conducción de las actividades de investigación y publicaciones científicas de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 6. |
NO APLICA |
||
Promover, coordinar e informar los concursos anuales de proyectos de investigación. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 7. |
NO APLICA |
||
Promover y coordinar las publicaciones de índole científica de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 8. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control en materias de investigación y publicaciones científicas de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 9. |
NO APLICA |
||
Asesorar al Vicerrector Académico en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 10. |
NO APLICA |
||
Mantener archivos actualizados de proyectos de investigación, desarrollo tecnológico y creación artística realizados dentro y fuera de la universidad, así como de instituciones, empresas y organizaciones que puedan contribuir a financiar y/o fomentar la investigación, el desarrollo tecnológico y la creación artística en la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 11. |
NO APLICA |
||
Proponer y controlar el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 12. |
NO APLICA |
||
Dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las unidades a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Academica Nº 13. |
NO APLICA |
||
Presidir y/o participar en los comités de investigación y en aquellos^sio necesarios para el logro de su función. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 14. |
NO APLICA |
||
Proponer planes y acciones en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 15. |
NO APLICA |
||
Preparar anteproyectos de convenios en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 16. |
NO APLICA |
||
Administrar el fondo de publicaciones de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 17. |
NO APLICA |
||
Proponer la distribución del fondo de perfeccionamiento y controlar su ejecución. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 18. |
NO APLICA |
||
Proponer las políticas generales de extensión académica que hagan pública la producción académica de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 19. |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer, con el concurso de los representantes de las Facultades, Escuelas universitarias e Instituto, las normas, reglamentos y/o procedimientos para promover las actividades de extensión académica. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 20. |
NO APLICA |
||
Aprobar y evaluar los proyectos de extensión de las unidades académicas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 21. |
NO APLICA |
||
0tras que le encomiende su superior jerárquico en el ámbito de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 22. |
NO APLICA |
||
DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES |
El DIRECTOR DE ASUNTOS ESTUDIANTILES es responsable y supervisa los servicios de salud, educación, física, manejo de albergues y cafeterías para estudiantes. Administra la ayuda que la Universidad otorga a los estudiantes en sus actividades y organizaciones sociales, culturales y deportivas. Es responsable de la asistencia que la Universidad otorga a los estudiantes, la orientación vocacional y de la administración de las becas de estudio. |
ART. 14, Nº 4, DFL 150. |
NO APLICA |
|
Proponer e implementar el. plan de desarrollo de asistencialidad al estudiante en materias tales como alojamiento, alimentación, salud (física y mental), financiamiento de aranceles de matrícula, orientación y otros. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 1. |
NO APLICA |
||
Coordinar, supervisar, controlar e informar sobre los diferentes programas de servicios al estudiante. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 2. |
NO APLICA |
||
Diseñar y mantener canales expeditos de comunicación entre las autoridades universitarias y la comunidad estudiantil. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 3. |
NO APLICA |
||
Coordinar la asistencia técnica directa al estudiante en los campos de orientación, desarrollo académico y asistencia profesional. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 4. |
NO APLICA |
||
Apoyar a las organizaciones estudiantiles en el diseño e implementación de las siguientes materias: programas de actividades extraprogramáticas: programas de actividades de extensión estudiantil universitaria: programas de actividades deportivo-recreativas: en su relación con los medios de información publica y otros afines: y en su relación con las autoridades superiores de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 5. |
NO APLICA |
||
Proponer las políticas generales en materia de asuntos estudiantiles. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 6. |
NO APLICA |
||
Proponer y ejecutar el presupuesto de la Dirección de Asuntos Estudiantiles. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 7. |
NO APLICA |
||
Analizar y evaluar la compatibilidad en la postulación, selección y asignación de los programas de asistencialidad del estudiante con las normas, reglamentos y/o procedimientos establecidos para ello. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 8. |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer al Vicerrector Académico normas, reglamentos, y/o procedimientos generales para la conducción de las actividades a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 9. |
NO APLICA |
||
Sostener reuniones permanentes con las diferentes organizaciones estudiantiles para recoger sus inquietudes, necesidades y buscar la solución a éstas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 10. |
NO APLICA |
||
Coordinar y evaluar las unidades a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 11. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance control, en materias de su competencia, a la instancia superior. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 12. |
NO APLICA |
||
Asesorar a su superior jerárquico en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 13. |
NO APLICA |
||
Gestionar y proponer los convenios y/o donaciones entre la Universidad y organizaciones externas que deseen apoyar las actividades de asistencia al estudiante. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 14. |
NO APLICA |
||
Otras que las autoridades superiores le encomienden. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 15. |
NO APLICA |
||
Administrar el proceso de llamado a concurso, selección, adjudicación y asignación de becas de estudios nacionales con financiamiento interno o externo para los estudiantes de la Universidad. |
ART. 6 Nº 1 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y aprobar por resolución exenta: |
ART. 6 Nº 2 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Adjudicar, suscribir y aprobar por resolución exenta: - Convenios de becas de estudios nacionales con financiamiento interno o externo para los estudiantes de la Universidad. |
ART. 6 Nº 3 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
BIBLIOTECA |
Proponer normas y procedimientos para el uso y manejo de los recursos bibliográficos de la institución, y para la calidad de la atención de sus usuarios. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 1. |
NO APLICA |
|
Proponer y participar en la selección y la contratación del personal profesional y administrativo a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 2. |
NO APLICA |
||
Proponer y administrar el presupuesto operacional y de inversión de la Unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 3. |
NO APLICA |
||
Coordinar, controlar y evaluar las actividades de su Unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 4. |
NO APLICA |
||
Dirigir y coordinar los servicios bibliotecarios. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 5. |
NO APLICA |
||
Proponer normas y procedimientos para la adquisición del material bibliográfico. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 6. |
NO APLICA |
||
Asesorar al Vicerrector Académico en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 7. |
NO APLICA |
||
Mantener intercambios a nivel nacional e internacional en el plano bibliotecológico. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 8. |
NO APLICA |
||
Promover programas de capacitación, adiestramiento y actualización de los recursos humanos que permitan un mejoramiento del servicio. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 9. |
NO APLICA |
||
Generar información para la toma de decisiones de la autoridad superior. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 10. |
NO APLICA |
||
Mantener un registro y control del sistema de cooperación interbibliotecas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 11. |
NO APLICA |
||
Establecer, supervisar e informar el registro de publicaciones periódicas, libros y materiales especiales. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 12. |
NO APLICA |
||
Establecer, supervisar e informar el canje con las publicaciones que edita la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 13. |
NO APLICA |
||
REGISTRADURÍA |
Registrar el ingreso de estudiantes a la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 1 |
NO APLICA |
|
Registrar los cursos, seminarios, prácticas y otras unidades de estudio o investigación de cada estudiante y sus resultados en ellos |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 2 |
NO APLICA |
||
Registrar el cumplimiento de todos los requisitos para la obtención de un grado, diploma o certificado que corresponda a cada estudiante en los planes y programas de estudio que se trate. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 3 |
NO APLICA |
||
Emitir el documento en que conste la obtención del grado, diploma o certificado, el cual llevará la firma del Rector, del Secretario de la Universidad y la suya propia: y en su caso el título profesional que corresponda. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 4 |
NO APLICA |
||
Certificar todos los hechos que consten en sus registros a solicitud del interesado, los cuales llevarán la firma del Secretario de la Universidad y la suya propia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 5 |
NO APLICA |
||
Certificar todos los hechos que consten en sus registros a solicitud del interesado. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 6 |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer normas y procedimientos para un eficiente registro del avance curricular de los alumnos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 7 |
NO APLICA |
||
Participar en los comités que su función requiera. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 8 |
NO APLICA |
||
Mantener un registro actualizado de los libros de clases utilizados por los académicos de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 9 |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer los procedimientos para el trámite de certificación, titulación y/o graduación, manteniendo un registro actualizado de los titulados y/o graduados de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 10 |
NO APLICA |
||
Supervisar la tramitación fluida del expediente de título y/o grado académico. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 11 |
NO APLICA |
||
Mantener un registro actualizado de calificaciones de los alumnos pertenecientes a las instituciones examinados. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 12 |
NO APLICA |
||
Verificar el cumplimiento de las actividades docentes, dispuestas en los respectivos planes de estudio, y que son necesarias para la obtención de un título profesional y grado académico de cada estudiante de las instituciones examinada por la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 13 |
NO APLICA |
||
Asesorar al Vicerrector Académico en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 14 |
NO APLICA |
||
Proponer y controlar el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 15 |
NO APLICA |
||
Dirigir y evaluar el desempeño de los funcionarios a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 16 |
NO APLICA |
||
Recepcionar y registrar las solicitudes de titulación o graduación. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 17 |
NO APLICA |
||
Coordinar la entrega de títulos, post-títulos y grados académicos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 18 |
NO APLICA |
||
Recepcionar y tramitar las solicitudes de canje de títulos de los interesados que, en virtud de la ley o convenios, lo requieran. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 19 |
NO APLICA |
||
Otras que su superior jerárquico le encomiende en el ámbito de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 20 |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control a su superior. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 21 |
NO APLICA |
||
Autorizar y oficializar por resolución exenta los expedientes de títulos de los alumnos de la Universidad de Tarapacá. |
ART. 7 Nº 1 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
OFICINA TÉCNICA ACADÉMICA |
Tramitar, procesar y registrar el servicio docente de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 1 |
NO APLICA |
|
Registrar la carga académica de investigación, extensión, perfeccionamiento y administración docente. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 2 |
NO APLICA |
||
Preparar informes técnicos semestrales para la toma de decisiones de las autoridades académicas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 3 |
NO APLICA |
||
Elaborar informes semestrales al Ministerios de Educación. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 4 |
NO APLICA |
||
Preparar análisis y oficialización de planes de estudio de nuevas carreras. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 5 |
NO APLICA |
||
Actualizar registro de planes y programas de estudios. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 6 |
NO APLICA |
||
Realizar el acopio de antecedentes necesarios que permita el reencasillamiento de académicos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 7 |
NO APLICA |
||
Registrar e informar respecto del encasillamiento oficial del personal académico de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 8 |
NO APLICA |
||
Promover y difundir las ofertas de perfeccionamiento académico. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 9 |
NO APLICA |
||
Orientar e informar a los postulantes a becas de perfeccionamiento. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 10 |
NO APLICA |
||
Gestionar la oficialización del perfeccionamiento académico. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 11 |
NO APLICA |
||
Mantener una atención y nexo permanente con el becario. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 12 |
NO APLICA |
||
Tramitar la oficialización y certificación de los cursos de perfeccionamiento interno. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 13 |
NO APLICA |
||
Preparar y tramitar el inicio de los proyectos de examinación. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 14 |
NO APLICA |
||
Preparar y coordinar externa e internamente el proceso de examinación. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 15 |
NO APLICA |
||
Oficiar de secretario del comité de perfeccionamiento y de entidades examinadas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 16 |
NO APLICA |
||
Coordinar, registrar e informar sobre los horarios de salas de clases. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 17 |
NO APLICA |
||
Registrar e informar sobre el proceso de jerarquización. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 18 |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control a su superior. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 19 |
NO APLICA |
||
Otras que le encomiende su supervisor jerárquico en el ámbito competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 20 |
NO APLICA |
||
OFICINA ASISTENCIA SOCIAL |
Organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con Bienestar Estudiantil, Orientación y Nutrición. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 1 |
NO APLICA |
|
Supervisar, controlar y evaluar los diferentes programas dirigidos a los estudiantes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 2 |
NO APLICA |
||
Supervisar, controlar y evaluar al personal bajo su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 3 |
NO APLICA |
||
Proponer criterios, normas, reglamentos y procedimientos en lo que se refiere a postulaciones, selección y asignación de beneficios. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 4 |
NO APLICA |
||
Asesorar e informar permanentemente a su superior jerárquico en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 5 |
NO APLICA |
||
Proponer, ejecutar y controlar el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 6 |
NO APLICA |
||
Proponer el plan de trabajo anual de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 7 |
NO APLICA |
||
Recibir y atender los problemas sociales y económicos de la comunidad estudiantil. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Académica Nº 8 |
NO APLICA |
||
Difundir los servicios y programas que la unidad tiene a disposición del alumno necesitado. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 9 |
NO APLICA |
||
Controlar y evaluar el uso optimo de los beneficios por parte del estudiante. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 10 |
NO APLICA |
||
Mantener comunicación y coordinar las actividades con organizaciones externas que otorgan beneficios a los estudiantes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 11 |
NO APLICA |
||
Proponer nuevos programas y/o modificaciones a los existentes que den solución a problemas de la comunidad estudiantil. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 12 |
NO APLICA |
||
Apoyar y contribuir a la formación personal del estudiante. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 13 |
NO APLICA |
||
Otras que su superior jerárquico le encomiende, relacionadas con su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 14 |
NO APLICA |
||
OFICINA SALUD ESTUDIANTIL |
Organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con el Servicio Medico Estudiantil y el Servicio Dental Estudiantil. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 1. |
NO APLICA |
|
Supervisar el personal a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 2. |
NO APLICA |
||
Supervisar, controlar, evaluar e informar sobre los diferentes programas y/o servicios prestados a los estudiantes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 3. |
NO APLICA |
||
Coordinar con otras unidades para proveer información de competencia de la unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 4. |
NO APLICA |
||
Llevar las fichas médicas correspondientes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 5. |
NO APLICA |
||
Controlar la existencia de medicamentos, materiales, etc., por parte de los servicios a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 6. |
NO APLICA |
||
Proponer criterios, normas, reglamentos y/o modificaciones a estos, en lo que se refiere a los servicios de salud. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 7. |
NO APLICA |
||
Asesorar e informar permanentemente a su superior jerárquico sobre materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 8. |
NO APLICA |
||
Proponer, ejecutar y controlar el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 9. |
NO APLICA |
||
Proponer el plan de trabajo anual de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 10. |
NO APLICA |
||
Difundir los programas y /o servicios que la unidad tiene a disposición de los estudiantes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 11. |
NO APLICA |
||
Gestionar y proponer convenios de atención con profesionales y/o instituciones de la salud para un mejor servicio del estudiante. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 12. |
NO APLICA |
||
Proponer nuevos programas y/o modificaciones a los existentes, que den solución a los problemas de salud de los estudiantes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 13. |
NO APLICA |
||
Controlar la existencia, mantención y uso de elementos y equipos clínicos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 14. |
NO APLICA |
||
Otras que su superior jerárquico le encomiende, relacionadas con su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 15. |
NO APLICA |
||
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN |
Dirigir y controlar las unidades de su dependencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Administración Nº 1. |
NO APLICA |
|
Diseñar y proponer políticas y programas en materia de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Administración Nº 2. |
NO APLICA |
||
Estudiar y racionalizar los procesos administrativos conducentes a mejorar los servicios que se prestan a las distintas unidades y asegurar un eficiente desarrollo de las actividades del ámbito administrativo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Administración Nº 3. |
NO APLICA |
||
Controlar la correcta aplicación de las políticas, normas, reglamentos y/o procedimientos que afecten las actividades administrativas de la Institución. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Administración Nº 4. |
NO APLICA |
||
Proponer y administrar el programa de seguros para los activos fijos de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Administración Nº 5. |
NO APLICA |
||
Proponer políticas de mantención, renovación y adquisición de vehículos motorizados y equipamiento de oficina. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Administración Nº 6. |
NO APLICA |
||
Ejecutar y controlar las adquisiciones que se generen en la Universidad, según procedimientos establecidos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Administración Nº 7. |
NO APLICA |
||
Participar y coordinar las actividades orientadas a desarrollar y/o mejorar los sistemas de gestión administrativa. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Administración Nº 8. |
NO APLICA |
||
Participar y coordinar las actividades orientadas al correcto desarrollo de los proyectos de obras. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Administración Nº 9. |
NO APLICA |
||
Participar y coordinar las actividades tendientes a mantener actualizado el inventario de bienes de activo fijo, como así mismo su correcta ubicación. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Administración Nº 10. |
NO APLICA |
||
Ejecutar y controlar las prestaciones de servicios centrales. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Administración Nº 11. |
NO APLICA |
||
Analizar, evaluar y controlar la correcta ejecución de contratos que afectan a la Institución con terceros. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Administración Nº 12. |
NO APLICA |
||
Proponer anualmente el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Administración Nº 13. |
NO APLICA |
||
Autorizar y aprobar por resolución exenta: |
ART. 11 Nº 1 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Adjudicar, suscribir y aprobar por resolución exenta: |
ART. 11 Nº 2 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y firmar: |
ART. 11 Nº 3 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
DIRECCIÓN DE FINANZAS |
Generar información y participar en el proceso de formulación del presupuesto global y por centros de costos de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 1. |
NO APLICA |
|
Preparar y proponer al Vicerrector de Administración y Finanzas los ajustes presupuestarios globales y por centro de costo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 2. |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer normas, reglamentos y/o procedimientos que aseguren un eficiente manejo de las finanzas de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 3. |
NO APLICA |
||
Velar por el .cumplimiento de la legislación vigente y de las normas internas en la presentación de los estados financieros. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 4. |
NO APLICA |
||
Generar información patrimonial a los niveles superiores. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 5. |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer estrategias tendientes a obtener fondos adicionales al presupuesto anual ordinario de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 6. |
NO APLICA |
||
Generar información en asuntos contables, financieros y presupuestarios, en forma oportuna. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 7. |
NO APLICA |
||
Controlar la correcta aplicación de las políticas, normas, reglamentos y/o procedimiento de administración de recursos financieros. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 8. |
NO APLICA |
||
Mantener permanente contacto y relaciones con organismos financieros, comerciales y reparticiones públicas relacionadas con el área. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 9. |
NO APLICA |
||
Procurar oportunamente los fondos y cancelar las obligaciones contraídas por la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 10. |
NO APLICA |
||
Proponer sistemas de cobranzas y repactación de deudas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 11. |
NO APLICA |
||
Ejecutar y controlar las actividades relacionadas con la cobranza y repactación de deudas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 12. |
NO APLICA |
||
Apoyar la gestión de las unidades académicas en lo concerniente al adecuado y fluido suministro de los recursos financieros para el desarrollo de proyectos aprobados. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 13. |
NO APLICA |
||
Definir las políticas y nóminas por las cuales se regirán las colocaciones de_ los excedentes de caja en el mercado financiero. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 14. |
NO APLICA |
||
Controlar y mantener al día los movimientos y saldos en cuentas corrientes y las colocaciones bancarias e informar al Vicerrector de Administración y Finanzas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 15. |
NO APLICA |
||
Elaborar y mantener una Base Estadística de indicadores económicos, financieros y otras variables asociadas a la gestión de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 16. |
NO APLICA |
||
Verificar la disponibilidad bancaria, ordenar la emisión y firmar los cheques para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas por la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 17. |
NO APLICA |
||
Verificar que los pagos se realicen en forma oportuna y que estén respaldados por la documentación pertinente: asimismo, verificar que las obligaciones que los originan se encuentren registradas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 18. |
NO APLICA |
||
Revisar el diario de ingresos y dar conformidad a las rendiciones de los cajeros. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 19. |
NO APLICA |
||
Mantener el contacto con instituciones financieras y bancarias, además con aquellas instituciones que entregan fondos a la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 20. |
NO APLICA |
||
Coordinar y entregar los cheques de sueldos a los académicos y funcionarios de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 21. |
NO APLICA |
||
Controlar el cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos por la Universidad, especialmente en lo que se refiere a Ingresos y Egresos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 22. |
NO APLICA |
||
Controlar el cumplimiento de los plazos establecidos por las rendiciones de fondos fijos y sumas a rendir. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 23. |
NO APLICA |
||
Coordinar y controlar las actividades de las unidades a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Finanzas Nº 24. |
NO APLICA |
||
OFICINA DE CONTABILIDAD |
Llevar la contabilidad financiera y presupuestaria de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 1. |
NO APLICA |
|
Preparar anual y /o mensualmente los Estados Financieros Contables y Presupuestarios que se deben presentar a las autoridades superiores de la Universidad y a organismos externos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 2. |
NO APLICA |
||
Presentar, cuando proceda, rendiciones y estados de cuenta ante organismos externos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 3. |
NO APLICA |
||
Supervisar la correcta liquidación de sueldos al personal de la Universidad y controlar el cumplimiento de los plazos establecidos para la liquidación de impuestos, imposiciones y retenciones al personal. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 4. |
NO APLICA |
||
Visar, previa comprobación cualitativa y cuantitativa, los comprobantes de contabilidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 5. |
NO APLICA |
||
Comprobar que los pagos de obligaciones cumplan con las normas y procedimientos internos y externos vigentes y que se encuentren sustentados por la documentación que corresponda. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 6. |
NO APLICA |
||
Custodiar los registros contables y financieros y su documentación sustentante. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 7. |
NO APLICA |
||
Revisa las conciliaciones bancarias mensuales desde los registros contables, obtención de la documentación relativa a partidas pendientes e informe de los saldos reconciliados a la Vicerrectoría de Administración y Finanzas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 8. |
NO APLICA |
||
Supervisar los análisis de cuentas y establecer sus normalizaciones, previa obtención de los antecedentes correspondientes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 9. |
NO APLICA |
||
Estudiar permanentemente las disposiciones tributarias, regimenes especiales, laborales o provisionales y adoptar las medidas necesarias para su aplicación. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 10. |
NO APLICA |
||
Controlar el cumplimiento de los plazos establecidos para las rendiciones de fondos fijos y sumas a rendir cuenta. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 11. |
NO APLICA |
||
Contabilizar periódicamente las revalorizaciones y depreciaciones del activo fijo, aplicando normas consistentes y uniformes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 12. |
NO APLICA |
||
Contabilizar periódicamente las provisiones y efectuar un análisis permanente de ellas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 13. |
NO APLICA |
||
Disponer de inventarios físicos relativos de las existencias y del Activo Fijo y las reconciliaciones de estos registros contables. Adoptar las medidas correspondientes respecto de las diferencias. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 14. |
NO APLICA |
||
Proporcionar la información requerida por los superiores jerárquicos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 15. |
NO APLICA |
||
Proponer anualmente el presupuesto de su Unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 16. |
NO APLICA |
||
Controlar la disponibilidad presupuestaria, autorizando los valores a comprometer de los presupuestos de los Centros de Costos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 17. |
NO APLICA |
||
Controlar y verificar la valorización de los viáticos nacionales y extranjeros de los funcionarios de las unidades académicas y administrativas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 18. |
NO APLICA |
||
Controlar que la ejecución presupuestaria se esté llevando a cabo de acuerdo al Prepuesto aprobado y las normas y procedimientos presupuestarios. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 19. |
NO APLICA |
||
Controlar el cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos por la Universidad, en lo que dice relación a las adquisiciones, y programar modificaciones cuando proceda. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 20. |
NO APLICA |
||
Controlar que los materiales ingresados a bodega sean los solicitados en la orden de compra en cuanto a precio calidad y especificaciones técnicas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 21. |
NO APLICA |
||
Verificar que las facturas enviadas por los proveedores correspondan a las condiciones de la Orden de Compra y solicitar el pago. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina de Contabilidad Nº 22. |
NO APLICA |
||
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y BIENESTAR DEL PERSONAL |
Dirigir y controlar las unidades de su dependencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 1. |
NO APLICA |
|
Aplicar la correcta aplicación de las normas, reglamentos y/o procedimientos de personal y de las disposiciones legales atingentes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 2. |
NO APLICA |
||
Asesorar al Vicerrector de Administración y Finanzas en organizar y controlar los recursos internos y externos del personal. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 3. |
NO APLICA |
||
Participar en el proceso de preselección del personal no académico, a petición expresa del Vicerrector de Administración y Finanzas, considerando las normas e instrucciones vigentes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 4. |
NO APLICA |
||
Mantener actualizadas las descripciones y especificaciones de los cargos de la planta del personal de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 5. |
NO APLICA |
||
Mantener actualizadas las carpetas personales y/o fichas funcionarias y efectuar los trámites de documentos, de contrataciones, traslados, renuncias, despidos, permisos, asignación familiar, desahucio, vacaciones, nombramientos, asistencia, jubilación, comisiones de servicio, convenios a honorarios, destitución de cargos, y de todo tipo de trámites, certificaciones y otros: relacionados con los funcionarios de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 6. |
NO APLICA |
||
Efectuar los trámites externos en organismos de Previsión, Inspección del Trabajo, Tesorería y otros relacionados con el personal. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 7. |
NO APLICA |
||
Mantener un archivo actualizado y especializado sobre materias laborales y administrativas de interés para la Universidad, generando la información estadística permanente y evacuando los informes que soliciten los directivos superiores. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 8. |
NO APLICA |
||
Determinar las ausencias y calcular los atrasos de todo el personal que debe cumplir con horarios de trabajo, e informar a la unidad correspondiente para su descuento si no existiese una justificación. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 9. |
NO APLICA |
||
Fijar políticas de capacitación del personal no académico. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 10. |
NO APLICA |
||
Proponer anualmente el presupuesto de su unidad al Vicerrector de Administración y Finanzas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 11. |
NO APLICA |
||
Análisis permanente de la planta de los funcionarios no académicos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 12. |
NO APLICA |
||
Administrar el sistema de evaluación y calificación del personal, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 13. |
NO APLICA |
||
Controlar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias de la carrera funcionaria, de acuerdo a lo dispuesto en el Estatuto administrativo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 14. |
NO APLICA |
||
Velar por el cumplimiento del sistema de calificaciones del personal no académico. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 15. |
NO APLICA |
||
Cumplir con las normas y disposiciones que afectan al área de bienestar de personal. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 16. |
NO APLICA |
||
Proponer cambios y actualización al reglamento del bienestar del personal. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 17. |
NO APLICA |
||
Proponer cambios en la estructura de beneficios del bienestar de personal. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 18. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control a su superior. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 19. |
NO APLICA |
||
Otras funciones que el Vicerrector de Administración y Finanzas le encomiende. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Recursos Humanos Nº 20. |
NO APLICA |
||
Suscribir y aprobar por resolución exenta: |
ART. 10 Nº 1 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Reconocer institucionalmente las Licencias Médicas y reposo por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. |
ART.10 Nº 2 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Reconocer y cesar el derecho de Asignación Familiar. |
ART. 10 Nº 3 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Declarar el derecho a percibir el beneficio de cesantía, prorrogar y suspender el mismo. |
ART. 10 Nº 4 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Compensar con descanso complementario los trabajos extraordinarios y si ello no fuere posible por razones de buen servicio, autorizar el pago compensatorio de ellos de conformidad a lo dispuesto en los artículos 66 al 70 del DFL. Nº 29/2004, que fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo. |
ART 10 Nº 5 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Reconocer el derecho a percibir Asignación de Antigüedad, de conformidad a lo dispuesto en la letra e) del artículo 4º del Decreto Nº 2, de 01 de febrero de 1982 y sus modificaciones. |
ART. 10 Nº 6 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar las prácticas profesionales en los recintos universitarios, de los alumnos provenientes de la propia universidad, de otros establecimientos educacionales técnicos-profesionales o de centros de formación técnica. |
ART. 10 Nº 7 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y oficializar permisos con goce de remuneraciones, establecidos en el artículo 109, del DFL. Nº 29/2004, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo, esto es, los 6 días de permisos administrativos al personal no académico de la Universidad. Asimismo, procederá a oficializar dichos permisos al personal académico de la misma. |
ART. 10 Nº 8 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Oficializar y autorizar los permisos a que se refieren las leyes que a continuación se indican: |
ART 10 Nº 9 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Oficializar al personal no académico que corresponda a no hacer uso del feriado legal durante el período de receso universitario. |
ART. 10 Nº 10 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Oficializar, anticipar y postergar el feriado legal al personal no académico, que no hizo uso del mismo durante el receso universitario correspondiente. |
ART. 10 Nº 11 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Además de emitir las resoluciones exentas sobre las materias referidas, el Director de Recursos Humanos y Bienestar de Personal o su subrogante, deberá llevar un registro de todos los permisos con goce de remuneraciones a que se refiere el Art.109 del DFL. Nº 29, concedidos por los jefes de unidades al personal académico y no académico. |
ART. 10 Nº 12 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA Y OPERACIONES |
Proponer normas, medidas, reglamentos y/o procedimientos, de administración, custodia de materiales y mantención. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 1. |
NO APLICA |
|
Programar y responder, por los trabajos de habilitación y mantención requeridos por la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 2. |
NO APLICA |
||
Proponer, mejorar y ejecutar el plan de seguridad institucional orientado a resguardar a las personas y bienes de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 3. |
NO APLICA |
||
Velar por el mantenimiento preventivo de todas las dependencias y vehículos de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 4. |
NO APLICA |
||
Planificar y controlar el uso de vehículos de acuerdo a las normas vigentes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 5. |
NO APLICA |
||
Programar y responder por los trabajos de instalación y mantención de los sistemas eléctricos, sanitarios, telefónicos, de agua, de transmisión de datos y comunicaciones de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 6. |
NO APLICA |
||
Ordenar la ejecución do reparaciones de los edificios y del mobiliario existente de acuerdo a los proyectos e indicaciones del arquitecto asesor. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 7. |
NO APLICA |
||
Supervisar el aseo general de la Universidad y sus dependencias y el mantenimiento de los jardines de los campus de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 8. |
NO APLICA |
||
Distribuir y coordinar el personal a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 9. |
NO APLICA |
||
Velar por el mantenimiento de maquinarias y/o equipo existente. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 10. |
NO APLICA |
||
Controlar el uso de combustible y lubricantes: revisar las cuentas de energía eléctrica, agua y teléfonos, detectando el cobro de multas por desperfectos u otras causas y aplicar las medidas correctivas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 11. |
NO APLICA |
||
Tener actualizado los permisos de circulación de los vehículos de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 12. |
NO APLICA |
||
Solucionar cualquier emergencia en los Campus de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 13. |
NO APLICA |
||
Colaborar en solicitar cotizaciones de materiales, reparaciones y/o instalaciones especializadas, de acuerdo a los procedimientos internos de adquisición. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 14. |
NO APLICA |
||
Solucionar los problemas de su área de responsabilidad, contactándose con servicios o personas ajenas a la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 15. |
NO APLICA |
||
Proponer anualmente el presupuesto de su Unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 16. |
NO APLICA |
||
Mantener un control de la custodia y entrega de los bienes, materiales e insumos que se almacenan en bodega Central y en pañoles de su dependencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 17. |
NO APLICA |
||
Informar diariamente a la respectiva unidad de los bienes, materiales e insumos que se han recepcionado y su entrega. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 18. |
NO APLICA |
||
Mantener al día la información de las existencias en bodega Central y en pañoles de su dependencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 19. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control a su superior. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 20. |
NO APLICA |
||
Otras funciones que su superior jerárquico le encomiende. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Logísticas y Operiones Nº 21. |
NO APLICA |
||
DIRECCIÓN DE COBRANZA Y FONDO DE CRÉDITO |
Registrar, en el sistema contable-presupuestario, el instante en que se produzca la percepción del ingreso de valores. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Cobranza y Fondo de Crédito Nº 1. |
NO APLICA |
|
Diseñar y proponer las normas y procedimientos del área de fondo de crédito y cobranzas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Cobranza y Fondo de Crédito Nº 2. |
NO APLICA |
||
Proponer políticas y normas referidas a los sistemas de cobranzas de alumnos, ex-alumnos y prestación de servicios institucionales. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Cobranza y Fondo de Crédito Nº 3. |
NO APLICA |
||
Mantener un sistema de seguridad y custodia de los activos de los activos del Fondo de Crédito Universitario de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Cobranza y Fondo de Crédito Nº 4. |
NO APLICA |
||
Preparar la información que sea solicitada por el Vicerrector de Administración y Finanzas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Cobranza y Fondo de Crédito Nº 5. |
NO APLICA |
||
Formular, elaborar y ejecutar los estudios que le encomiende sus superiores jerárquicos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Cobranza y Fondo de Crédito Nº 6. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control a su superior. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Cobranza y Fondo de Crédito Nº 7. |
NO APLICA |
||
Cumplir con las normas establecidas en el DFL Nº 4 del Ministerio de Educación Pública, las leyes Nº 18.591 y 18.681 y sus modificaciones, en todo lo que respecte a la administración, cobranzas, custodia y ejecución del Fondo de Crédito Universitario. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Cobranza y Fondo de Crédito Nº 8. |
NO APLICA |
||
Formular, implementar y ejecutar políticas tendientes a la administración eficiente del Fondo de Crédito Universitario y a la maximización del uso financiero y colocaciones de los excedentes y recursos del fondo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Cobranza y Fondo de Crédito Nº 9. |
NO APLICA |
||
Proponer y determinar políticas relacionadas con la gestión de cobranza del Fondo, de acuerdo a los objetivos determinados por las autoridades de la Universidad y en base a la normativa emanada de la Superintendencia de Valores y Seguros. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Cobranza y Fondo de Crédito Nº 10. |
NO APLICA |
||
Llevar una contabilidad independiente que permita determinar la posición patrimonial del Fondo de Crédito Universitario. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Cobranza y Fondo de Crédito Nº 11. |
NO APLICA |
||
Proponer anualmente el presupuesto de su área. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Cobranza y Fondo de Crédito Nº 12. |
NO APLICA |
||
Otras funciones que el Vicerrector de Administración de Finanzas le encomiende. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Cobranza y Fondo de Crédito Nº 13. |
NO APLICA |
||
DIRECCIÓN DE ESTUDIOS Y PROYECTOS |
Proporcionar los antecedentes necesarios al Vicerrector de Desarrollo para la proposición de la política global de desarrollo de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 1. |
NO APLICA |
|
Elaborar y proponer los planes de mediano y largo plazo destinados a materializar la estrategia de desarrollo de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 2. |
NO APLICA |
||
Analizar e informar al Vicerrector de la compatibilidad de los planes operativos propuestos por las unidades académicas, con los objetivos del plan de desarrollo vigente de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 3. |
NO APLICA |
||
Asesorar en los procesos de formulación de los planes de desarrollo y operativos, a las unidades académicas y otras unidades de la Institución que lo requieran. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 4. |
NO APLICA |
||
Participar del análisis y formulación de proyectos de prestación de servicios institucionales que contribuyan al desarrollo de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 5. |
NO APLICA |
||
Proponer el rediseño, procedimientos, políticas, normas, y reglamentos que mejoren los procesos internos de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 6. |
NO APLICA |
||
Identificar, analizar e informar en forma permanente las debilidades, fortalezas, que posee la Institución, así como las amenazas y oportunidades que se le presenten. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 7. |
NO APLICA |
||
Elaborar información que facilite la toma de decisiones de las autoridades superiores. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 8. |
NO APLICA |
||
Impulsar y aplicar medidas para detectar y corregir desviaciones que se presenten en la organización y que puedan afectar el logro de sus planes estratégicos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 9. |
NO APLICA |
||
Contribuir para que se disponga de mecanismos permanentes de verificación y evaluación de la actividad académica y financiera de la_ Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 10. |
NO APLICA |
||
Proponer al Vicerrector de Desarrollo las políticas generales de coordinación de los distintos proyectos de desarrollo emprendidos por la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 11. |
NO APLICA |
||
Formulación y postulación a fondos públicos y privados de proyectos educacionales, sociales, tecnológicos, científicos, de fomento productivo, entre otros, que tengan concordancia con el Plan de Desarrollo de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 12. |
NO APLICA |
||
Seguimiento, control y post-evaluación de los proyectos financiados por fuentes públicas externas y/o fuentes institucionales, así como la coordinación para la ejecución de estos que propendan al desarrollo de sinergias al interior de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 13. |
NO APLICA |
||
Asesorar a las distintas unidades y estamentos de la Universidad en materias relacionadas con la postulación de proyectos a fuentes de financiamiento de diversa índole. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 14. |
NO APLICA |
||
Preparar, para el Vicerrector de Desarrollo, la actualización del Plan Maestro Regulador en función de las necesidades y proyecciones que requiere el desarrollo de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 15. |
NO APLICA |
||
Otras que su superior jerárquico le determine en el ámbito de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Estudios y Proyectos Nº 16. |
NO APLICA |
||
Autorizar y firmar: |
ART. 9 Nº 1 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN |
Supervisar y coordinar la implementación efectiva de la política informática institucional y el uso de las TIC’s. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 1. |
NO APLICA |
|
Organizar la utilización de los recursos computacionales, administrativos y de información a corto, mediano y largo plazo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 2. |
NO APLICA |
||
Implantar metodologías y procedimientos estandarizados en los procesos de desarrollo de sistemas, controlando la eficiencia con que se aplican. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 3. |
NO APLICA |
||
Proponer y ejecutar programas de desarrollo y de capacitación del personal bajo su responsabilidad y de los usuarios de los sistemas con miras a la actualización de sus conocimientos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 4. |
NO APLICA |
||
Mantener información de los contratos y pólizas de los equipos existentes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 5. |
NO APLICA |
||
Asesorar al Vicerrector en temas de desarrollo de tecnologías de la información, ante unidades al interior de la universidad, y ante otras organizaciones externas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 6. |
NO APLICA |
||
Emitir informes técnicos solicitados por la autoridad superior. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 7. |
NO APLICA |
||
Proponer y controlar el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 8. |
NO APLICA |
||
Administrar y controlar los recursos materiales y humanos de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 9. |
NO APLICA |
||
Analizar, diseñar, programar, probar, instalar y mantener sistemas de información para académicos y administrativos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 10. |
NO APLICA |
||
Administrar los recursos hardware asignados a los estamentos académicos y administrativos, de acuerdo a las políticas fijadas por comité técnico de informática. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 11. |
NO APLICA |
||
Instalar, mantener y administrar las redes y medios de transmisión de datos y el equipamiento informático bajo su responsabilidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 12. |
NO APLICA |
||
Desarrollar y mantener un sistema de seguridad informático. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 13. |
NO APLICA |
||
Definir los estándares de análisis, programación y documentación que aseguren la construcción de sistemas eficientes, confiables y documentados, con sus correspondientes niveles de protección y autorización. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 14. |
NO APLICA |
||
Proporcionar el soporte técnico para mantener operativa la página web de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 15. |
NO APLICA |
||
Otras que su superior jerárquico le determine en el ámbito de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Tecnologías de la Información Nº 16. |
NO APLICA |
||
DIRECCIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES E INTERINSTITUCIONALES |
Proponer al Vicerrector de Posicionamiento Estratégico las políticas generales en materias de asuntos internacionales. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Relaciones Internacionales e Interinstitucionales Nº 1. |
NO APLICA |
|
Promover y gestionar la celebración de convenios de cooperación académica con instituciones extranjeras. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Relaciones Internacionales e Interinstitucionales Nº 2. |
NO APLICA |
||
Identificar en el extranjero programas de interés para el perfeccionamiento de los académicos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Relaciones Internacionales e Interinstitucionales Nº 3. |
NO APLICA |
||
Asesorar al Vicerrector en materias inherentes a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Relaciones Internacionales e Interinstitucionales Nº 4. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control a su superior, en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Relaciones Internacionales e Interinstitucionales Nº 5. |
NO APLICA |
||
Otras funciones que sus superiores jerárquicos le encomienden. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Relaciones Internacionales e Interinstitucionales Nº 6. |
NO APLICA |
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Administrar el proceso de llamado a concurso, selección, adjudicación y asignación de becas de estudios internacionales con financiamiento interno y externo para los estudiantes de la Universidad. |
ART. 8 Nº 1 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
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Autorizar y aprobar por resolución exenta: |
ART. 8 Nº 2 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
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DIRECCIÓN DE MARKETING Y COMUNICACIONES |
Coordinar, supervisar, implementar e informar el proceso de admisión a la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Marketing y Comunicaciones Nº 1. |
NO APLICA |
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Proponer anualmente el diseño y ejecución de las estrategias de promoción de las carreras de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Marketing y Comunicaciones Nº 2. |
NO APLICA |
||
Proporcionar información sobre las carreras que la Universidad ofrece a organismos nacionales, internaciones y público en general. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Marketing y Comunicaciones Nº 3. |
NO APLICA |
||
Representar a la Universidad en el DEMRE. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Marketing y Comunicaciones Nº 4. |
NO APLICA |
||
Mantener información actualizada del proceso de admisión para el proceso de traslado, tanto nacional como extranjero. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Marketing y Comunicaciones Nº 5. |
NO APLICA |
||
Entregar información del proceso de admisión nacional a las unidades que lo soliciten. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Marketing y Comunicaciones Nº 6. |
NO APLICA |
||
Controlar y supervisar el proceso de inscripción de la Prueba de Selección Universitaria (PSU), etapa de resultados y etapa de postulación en la región. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Marketing y Comunicaciones Nº 7. |
NO APLICA |
||
Proponer el plan de marketing estratégico, con el objeto de alcanzar el desarrollo de la institución mediante una mayor cobertura a nivel regional, nacional e internacional. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Marketing y Comunicaciones Nº 8. |
NO APLICA |
||
Realizar los estudios e investigaciones de mercado necesarios para conocer permanentemente la posición de la Universidad en el mercado. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Marketing y Comunicaciones Nº 9. |
NO APLICA |
||
Diseñar, proponer, supervisar y controlar la normalización y utilización de la simbología institucional. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Marketing y Comunicaciones Nº 10. |
NO APLICA |
||
Organizar y actualizar la estructura y contenidos de la página web de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Marketing y Comunicaciones Nº 11. |
NO APLICA |
||
Proponer y controlar el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Marketing y Comunicaciones Nº 12. |
NO APLICA |
||
Otras que el encomiende su superior jerárquico. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Marketing y Comunicaciones Nº 13. |
NO APLICA |
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DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN UNIVERSITARIA |
Diseñar, dirigir y ejecutar programas y proyectos relacionados con la vinculación de las unidades académicas y de los grupos de interés de la Institución. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Vinculación Universitaria Nº 1. |
NO APLICA |
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Planificar las presentaciones de los grupos artísticos estables de la Institución. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Vinculación Universitaria Nº 2. |
NO APLICA |
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Gestionar las actividades artístico-culturales de la Universidad que se realizan tanto al interior y al exterior de ella. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Vinculación Universitaria Nº 3. |
NO APLICA |
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Fomentar, coordinar, difundir y supervisar la ejecución de los planes y programas de prestación de servicios de la Institución. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Vinculación Universitaria Nº 4. |
NO APLICA |
||
Proponer y controlar el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Vinculación Universitaria Nº 5. |
NO APLICA |
||
Otras que el encomiende su superior jerárquico. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Dirección de Vinculación Universitaria Nº 6. |
NO APLICA |
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DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE SEDE |
Autorizar y aprobar por resolución exenta: - Terminos de referencia para la adquisición y contratación de bienes y servicios de la Sede por licitación privada o trato o contratación directa, cuyo monto sea igual o inferior a 10 UTM. |
ART. 12 Nº 1 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
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Adjudicar, suscribir y aprobar por resolución exenta: - Contratos para la adquisición y contratación de bienes y servicio de la Sede por licitación privada o trato o contratación directa, cuyo monto sea igual o inferior a 10 UTM. |
ART. 12 Nº 2 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
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Autorizar y firmar: - Ordenes de compra para la adquisición y contratación de bienes y servicios de la Sede por Convenio Marco suscrito por la Dirección de Chile compras cuyo monto sea igual o inferior a 10 UTM. |
ART. 12 Nº 3 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |