Facultades, Funciones y Atribuciones de Cada Unidad Hasta Mayo 2012 - Página 2 de 5
Unidad |
Facultades, Funciones y/o Atribuciones |
Fuentes |
Modificaciones |
Enlace |
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DIRECCIÓN DE DOCENCIA |
Analizar, evaluar e informar sobre las debilidades y fortalezas de la función docente en la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 1. |
NO APLICA |
|
Analizar e informar la asignación de la carga docente propuesta por las facultades y escuelas universitarias. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 2. |
NO APLICA |
||
Proponer y coordinar la ejecución de los programas de capacitación académica en materias de docencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 3. |
NO APLICA |
||
Informar sobre la compatibilidad de los planes y programas docentes con las normas, reglamentos y/o procedimientos generales. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 4. |
NO APLICA |
||
Diseñar y/o proponer normas, reglamentos y/o procedimientos para la conducción de la actividad docente. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 5. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 6. |
NO APLICA |
||
Proponer y controlar el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 7. |
NO APLICA |
||
Presidir y/o participar en el Comité de Docencia y en aquellos necesarios para el mejo logro de su función. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 8. |
NO APLICA |
||
Proponer planes y acciones en materias docentes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 9. |
NO APLICA |
||
Preparar anteproyectos de convenios en materia vinculadas a la docencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 10. |
NO APLICA |
||
Otras que el encomiende su superior jerárquico en el ámbito de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 11. |
NO APLICA |
||
Velar por el fiel cumplimiento de las actividades, normas y procedimientos generales de la docencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 12. |
NO APLICA |
||
Coordinar, analizar, evaluar y controlar los programas conducentes a grados académicos de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 13. |
NO APLICA |
||
Analizar, controlar e informar la asignación de la carga académica de postgrado propuesta por las Facultades y escuelas universitaria. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 14. |
NO APLICA |
||
Apoyar, evaluar y proponer, en función del plan de desarrollo de la Universidad, la creación de nuevos programas de postgrado y la modificación de los existentes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 15. |
NO APLICA |
||
Informar sobre la compatibilidad de los planes y programas de postgrado con las normas, reglamentos y/o procedimientos generales. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 16. |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer, con el concurso de los representantes de las facultades y escuelas universitarias, normas, reglamentos y/o procedimientos para la conducción de los programas de postgrado de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 17. |
NO APLICA |
||
Presidir y/o participar en los comités de postgrado y en aquellos necesarios para el logro de su función. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Docencia Nº 18. |
NO APLICA |
||
DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN ACADEMICA |
Coordinar, analizar, evaluar y controlar las actividades de investigación científica y las publicaciones científicas de la Universidad e informar sobre las debilidades y fortalezas de tales actividades. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de investigación y Extensión Académica Nº 1. |
NO APLICA |
|
Fortalecer a nivel institucional la investigación aplicada, manifestándose mediante la transferencia tecnológica, la investigación para el desarrollo económico de la región, la generación de patentes, entre otros. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 2. |
NO APLICA |
||
Analizar, controlar e informar la asignación de la carga académica de investigación propuesta por las Facultades. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 3. |
NO APLICA |
||
Proponer y coordinar la ejecución de programas de capacitación académica en materias de investigación científica. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 4. |
NO APLICA |
||
Informar sobre la compatibilidad de los planes y programas de investigación con las normas, reglamentos y/o procedimientos generales. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 5. |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer, con el concurso de los representantes de las Facultades, normas reglamentos y/o procedimientos para la conducción de las actividades de investigación y publicaciones científicas de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 6. |
NO APLICA |
||
Promover, coordinar e informar los concursos anuales de proyectos de investigación. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 7. |
NO APLICA |
||
Promover y coordinar las publicaciones de índole científica de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 8. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control en materias de investigación y publicaciones científicas de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 9. |
NO APLICA |
||
Asesorar al Vicerrector Académico en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 10. |
NO APLICA |
||
Mantener archivos actualizados de proyectos de investigación, desarrollo tecnológico y creación artística realizados dentro y fuera de la universidad, así como de instituciones, empresas y organizaciones que puedan contribuir a financiar y/o fomentar la investigación, el desarrollo tecnológico y la creación artística en la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 11. |
NO APLICA |
||
Proponer y controlar el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 12. |
NO APLICA |
||
Dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las unidades a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Academica Nº 13. |
NO APLICA |
||
Presidir y/o participar en los comités de investigación y en aquellos^sio necesarios para el logro de su función. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 14. |
NO APLICA |
||
Proponer planes y acciones en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 15. |
NO APLICA |
||
Preparar anteproyectos de convenios en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 16. |
NO APLICA |
||
Administrar el fondo de publicaciones de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 17. |
NO APLICA |
||
Proponer la distribución del fondo de perfeccionamiento y controlar su ejecución. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 18. |
NO APLICA |
||
Proponer las políticas generales de extensión académica que hagan pública la producción académica de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 19. |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer, con el concurso de los representantes de las Facultades, Escuelas universitarias e Instituto, las normas, reglamentos y/o procedimientos para promover las actividades de extensión académica. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 20. |
NO APLICA |
||
Aprobar y evaluar los proyectos de extensión de las unidades académicas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 21. |
NO APLICA |
||
0tras que le encomiende su superior jerárquico en el ámbito de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Investigación y Extensión Académica Nº 22. |
NO APLICA |
||
DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES |
El DIRECTOR DE ASUNTOS ESTUDIANTILES es responsable y supervisa los servicios de salud, educación, física, manejo de albergues y cafeterías para estudiantes. Administra la ayuda que la Universidad otorga a los estudiantes en sus actividades y organizaciones sociales, culturales y deportivas. Es responsable de la asistencia que la Universidad otorga a los estudiantes, la orientación vocacional y de la administración de las becas de estudio. |
ART. 14, Nº 4, DFL 150. |
NO APLICA |
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Proponer e implementar el. plan de desarrollo de asistencialidad al estudiante en materias tales como alojamiento, alimentación, salud (física y mental), financiamiento de aranceles de matrícula, orientación y otros. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 1. |
NO APLICA |
||
Coordinar, supervisar, controlar e informar sobre los diferentes programas de servicios al estudiante. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 2. |
NO APLICA |
||
Diseñar y mantener canales expeditos de comunicación entre las autoridades universitarias y la comunidad estudiantil. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 3. |
NO APLICA |
||
Coordinar la asistencia técnica directa al estudiante en los campos de orientación, desarrollo académico y asistencia profesional. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 4. |
NO APLICA |
||
Apoyar a las organizaciones estudiantiles en el diseño e implementación de las siguientes materias: programas de actividades extraprogramáticas: programas de actividades de extensión estudiantil universitaria: programas de actividades deportivo-recreativas: en su relación con los medios de información publica y otros afines: y en su relación con las autoridades superiores de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 5. |
NO APLICA |
||
Proponer las políticas generales en materia de asuntos estudiantiles. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 6. |
NO APLICA |
||
Proponer y ejecutar el presupuesto de la Dirección de Asuntos Estudiantiles. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 7. |
NO APLICA |
||
Analizar y evaluar la compatibilidad en la postulación, selección y asignación de los programas de asistencialidad del estudiante con las normas, reglamentos y/o procedimientos establecidos para ello. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 8. |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer al Vicerrector Académico normas, reglamentos, y/o procedimientos generales para la conducción de las actividades a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 9. |
NO APLICA |
||
Sostener reuniones permanentes con las diferentes organizaciones estudiantiles para recoger sus inquietudes, necesidades y buscar la solución a éstas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 10. |
NO APLICA |
||
Coordinar y evaluar las unidades a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 11. |
NO APLICA |
||
Generar información de avance control, en materias de su competencia, a la instancia superior. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 12. |
NO APLICA |
||
Asesorar a su superior jerárquico en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 13. |
NO APLICA |
||
Gestionar y proponer los convenios y/o donaciones entre la Universidad y organizaciones externas que deseen apoyar las actividades de asistencia al estudiante. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 14. |
NO APLICA |
||
Otras que las autoridades superiores le encomienden. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Dirección de Asuntos Estudiantiles Nº 15. |
NO APLICA |
||
Administrar el proceso de llamado a concurso, selección, adjudicación y asignación de becas de estudios nacionales con financiamiento interno o externo para los estudiantes de la Universidad. |
ART. 6 Nº 1 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Autorizar y aprobar por resolución exenta: |
ART. 6 Nº 2 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
Adjudicar, suscribir y aprobar por resolución exenta: - Convenios de becas de estudios nacionales con financiamiento interno o externo para los estudiantes de la Universidad. |
ART. 6 Nº 3 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
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BIBLIOTECA |
Proponer normas y procedimientos para el uso y manejo de los recursos bibliográficos de la institución, y para la calidad de la atención de sus usuarios. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 1. |
NO APLICA |
|
Proponer y participar en la selección y la contratación del personal profesional y administrativo a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 2. |
NO APLICA |
||
Proponer y administrar el presupuesto operacional y de inversión de la Unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 3. |
NO APLICA |
||
Coordinar, controlar y evaluar las actividades de su Unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 4. |
NO APLICA |
||
Dirigir y coordinar los servicios bibliotecarios. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 5. |
NO APLICA |
||
Proponer normas y procedimientos para la adquisición del material bibliográfico. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 6. |
NO APLICA |
||
Asesorar al Vicerrector Académico en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 7. |
NO APLICA |
||
Mantener intercambios a nivel nacional e internacional en el plano bibliotecológico. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 8. |
NO APLICA |
||
Promover programas de capacitación, adiestramiento y actualización de los recursos humanos que permitan un mejoramiento del servicio. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 9. |
NO APLICA |
||
Generar información para la toma de decisiones de la autoridad superior. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 10. |
NO APLICA |
||
Mantener un registro y control del sistema de cooperación interbibliotecas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 11. |
NO APLICA |
||
Establecer, supervisar e informar el registro de publicaciones periódicas, libros y materiales especiales. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 12. |
NO APLICA |
||
Establecer, supervisar e informar el canje con las publicaciones que edita la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Biblioteca Nº 13. |
NO APLICA |
||
REGISTRADURÍA |
Registrar el ingreso de estudiantes a la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 1 |
NO APLICA |
|
Registrar los cursos, seminarios, prácticas y otras unidades de estudio o investigación de cada estudiante y sus resultados en ellos |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 2 |
NO APLICA |
||
Registrar el cumplimiento de todos los requisitos para la obtención de un grado, diploma o certificado que corresponda a cada estudiante en los planes y programas de estudio que se trate. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 3 |
NO APLICA |
||
Emitir el documento en que conste la obtención del grado, diploma o certificado, el cual llevará la firma del Rector, del Secretario de la Universidad y la suya propia: y en su caso el título profesional que corresponda. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 4 |
NO APLICA |
||
Certificar todos los hechos que consten en sus registros a solicitud del interesado, los cuales llevarán la firma del Secretario de la Universidad y la suya propia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 5 |
NO APLICA |
||
Certificar todos los hechos que consten en sus registros a solicitud del interesado. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 6 |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer normas y procedimientos para un eficiente registro del avance curricular de los alumnos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 7 |
NO APLICA |
||
Participar en los comités que su función requiera. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 8 |
NO APLICA |
||
Mantener un registro actualizado de los libros de clases utilizados por los académicos de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 9 |
NO APLICA |
||
Diseñar y proponer los procedimientos para el trámite de certificación, titulación y/o graduación, manteniendo un registro actualizado de los titulados y/o graduados de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 10 |
NO APLICA |
||
Supervisar la tramitación fluida del expediente de título y/o grado académico. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 11 |
NO APLICA |
||
Mantener un registro actualizado de calificaciones de los alumnos pertenecientes a las instituciones examinados. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 12 |
NO APLICA |
||
Verificar el cumplimiento de las actividades docentes, dispuestas en los respectivos planes de estudio, y que son necesarias para la obtención de un título profesional y grado académico de cada estudiante de las instituciones examinada por la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 13 |
NO APLICA |
||
Asesorar al Vicerrector Académico en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 14 |
NO APLICA |
||
Proponer y controlar el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 15 |
NO APLICA |
||
Dirigir y evaluar el desempeño de los funcionarios a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 16 |
NO APLICA |
||
Recepcionar y registrar las solicitudes de titulación o graduación. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 17 |
NO APLICA |
||
Coordinar la entrega de títulos, post-títulos y grados académicos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 18 |
NO APLICA |
||
Recepcionar y tramitar las solicitudes de canje de títulos de los interesados que, en virtud de la ley o convenios, lo requieran. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 19 |
NO APLICA |
||
Otras que su superior jerárquico le encomiende en el ámbito de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 20 |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control a su superior. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7 Registraduría Nº 21 |
NO APLICA |
||
Autorizar y oficializar por resolución exenta los expedientes de títulos de los alumnos de la Universidad de Tarapacá. |
ART. 7 Nº 1 Decreto Exento 00.75/2012 |
NO APLICA |
||
OFICINA TÉCNICA ACADÉMICA |
Tramitar, procesar y registrar el servicio docente de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 1 |
NO APLICA |
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Registrar la carga académica de investigación, extensión, perfeccionamiento y administración docente. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 2 |
NO APLICA |
||
Preparar informes técnicos semestrales para la toma de decisiones de las autoridades académicas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 3 |
NO APLICA |
||
Elaborar informes semestrales al Ministerios de Educación. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 4 |
NO APLICA |
||
Preparar análisis y oficialización de planes de estudio de nuevas carreras. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 5 |
NO APLICA |
||
Actualizar registro de planes y programas de estudios. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 6 |
NO APLICA |
||
Realizar el acopio de antecedentes necesarios que permita el reencasillamiento de académicos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 7 |
NO APLICA |
||
Registrar e informar respecto del encasillamiento oficial del personal académico de la Universidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 8 |
NO APLICA |
||
Promover y difundir las ofertas de perfeccionamiento académico. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 9 |
NO APLICA |
||
Orientar e informar a los postulantes a becas de perfeccionamiento. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 10 |
NO APLICA |
||
Gestionar la oficialización del perfeccionamiento académico. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 11 |
NO APLICA |
||
Mantener una atención y nexo permanente con el becario. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 12 |
NO APLICA |
||
Tramitar la oficialización y certificación de los cursos de perfeccionamiento interno. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 13 |
NO APLICA |
||
Preparar y tramitar el inicio de los proyectos de examinación. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 14 |
NO APLICA |
||
Preparar y coordinar externa e internamente el proceso de examinación. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 15 |
NO APLICA |
||
Oficiar de secretario del comité de perfeccionamiento y de entidades examinadas. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 16 |
NO APLICA |
||
Coordinar, registrar e informar sobre los horarios de salas de clases. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 17 |
NO APLICA |
||
Registrar e informar sobre el proceso de jerarquización. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 18 |
NO APLICA |
||
Generar información de avance y control a su superior. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 19 |
NO APLICA |
||
Otras que le encomiende su supervisor jerárquico en el ámbito competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Técnica Académica Nº 20 |
NO APLICA |
||
OFICINA ASISTENCIA SOCIAL |
Organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con Bienestar Estudiantil, Orientación y Nutrición. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 1 |
NO APLICA |
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Supervisar, controlar y evaluar los diferentes programas dirigidos a los estudiantes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 2 |
NO APLICA |
||
Supervisar, controlar y evaluar al personal bajo su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 3 |
NO APLICA |
||
Proponer criterios, normas, reglamentos y procedimientos en lo que se refiere a postulaciones, selección y asignación de beneficios. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 4 |
NO APLICA |
||
Asesorar e informar permanentemente a su superior jerárquico en materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 5 |
NO APLICA |
||
Proponer, ejecutar y controlar el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 6 |
NO APLICA |
||
Proponer el plan de trabajo anual de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 7 |
NO APLICA |
||
Recibir y atender los problemas sociales y económicos de la comunidad estudiantil. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Académica Nº 8 |
NO APLICA |
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Difundir los servicios y programas que la unidad tiene a disposición del alumno necesitado. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 9 |
NO APLICA |
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Controlar y evaluar el uso optimo de los beneficios por parte del estudiante. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 10 |
NO APLICA |
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Mantener comunicación y coordinar las actividades con organizaciones externas que otorgan beneficios a los estudiantes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 11 |
NO APLICA |
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Proponer nuevos programas y/o modificaciones a los existentes que den solución a problemas de la comunidad estudiantil. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 12 |
NO APLICA |
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Apoyar y contribuir a la formación personal del estudiante. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 13 |
NO APLICA |
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Otras que su superior jerárquico le encomiende, relacionadas con su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Asistencia social Nº 14 |
NO APLICA |
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OFICINA SALUD ESTUDIANTIL |
Organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con el Servicio Medico Estudiantil y el Servicio Dental Estudiantil. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 1. |
NO APLICA |
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Supervisar el personal a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 2. |
NO APLICA |
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Supervisar, controlar, evaluar e informar sobre los diferentes programas y/o servicios prestados a los estudiantes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 3. |
NO APLICA |
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Coordinar con otras unidades para proveer información de competencia de la unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 4. |
NO APLICA |
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Llevar las fichas médicas correspondientes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 5. |
NO APLICA |
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Controlar la existencia de medicamentos, materiales, etc., por parte de los servicios a su cargo. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 6. |
NO APLICA |
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Proponer criterios, normas, reglamentos y/o modificaciones a estos, en lo que se refiere a los servicios de salud. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 7. |
NO APLICA |
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Asesorar e informar permanentemente a su superior jerárquico sobre materias de su competencia. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 8. |
NO APLICA |
||
Proponer, ejecutar y controlar el presupuesto de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 9. |
NO APLICA |
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Proponer el plan de trabajo anual de su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 10. |
NO APLICA |
||
Difundir los programas y /o servicios que la unidad tiene a disposición de los estudiantes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 11. |
NO APLICA |
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Gestionar y proponer convenios de atención con profesionales y/o instituciones de la salud para un mejor servicio del estudiante. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 12. |
NO APLICA |
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Proponer nuevos programas y/o modificaciones a los existentes, que den solución a los problemas de salud de los estudiantes. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 13. |
NO APLICA |
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Controlar la existencia, mantención y uso de elementos y equipos clínicos. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 14. |
NO APLICA |
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Otras que su superior jerárquico le encomiende, relacionadas con su unidad. |
Decreto Exento 00.1441/2006, Pto. 7, Oficina Salud Estudiantil Nº 15. |
NO APLICA |
Universidad de Tarapacá, UTA
RUT: 70.770.800-K
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